Advierte exclusión TSE alterará esencia órgano especializado

Advierte exclusión TSE alterará esencia órgano especializado

País - Misa de la Oficina Nacional de la Defensa Pública, con motivo del día del Defensor Publico. Eucaristía realizada en el Convento de los Dominicos, y contó con la presencia del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, y del Secretario General de la FINJUS, Servio Tulio Castaño. Ariel Díaz-Alejo / Periódico Hoy / 21 de diciembre del 2010.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), advirtió ayer que la exclusión del Tribunal Superior Electoral (TSE) como la vía natural e idónea para conocer de los diferendos relativos a la actuación de la Junta Central Electoral (JCE), sobre todo cuando se ven envueltos derechos fundamentales, “terminará por alterar la esencia de un órgano especializado”.
Dijo que la declaratoria de incompetencia del TSE ante la acción de amparo contra el voto de “arrastre”, pone de manifiesto una vez más la urgente necesidad de que el Congreso se aboque a reformular la Ley 29-11 orgánica de la alta corte, en lo referente a sus atribuciones.
Indicó que esa “reformulación” de la ley debe responder al diseño constitucional, en tanto lo configura en su artículo 214 como el “órgano competente para juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contenciosos electorales (…)”

Afirmó que si bien la referida ley enlista las atribuciones que le son conferidas por el legislador “parece haber dejado vacíos en el alcance de su competencia, permitiendo que casos como estos sean derivados ante otras instancias, no obstante tratarse de un conflicto generado por la alegada afectación a derechos fundamentales”.

La entidad de la sociedad civil reconoció que, conjugado el carácter vinculante de los precedentes del Tribunal Constitucional (TC) para los poderes públicos y todos los órganos del Estado, el TC actuó correctamente, ya que no existe “una adecuada delimitación de competencia que justifique su esencia especializada externa al Poder Judicial”.
Sin embargo, afirmó que es esa situación la que no permite la consolidación del TSE como órgano encargado de dirimir los asuntos contenciosos electorales.
“Es por ello que resulta necesario que el legislador pondere una eventual reforma a la Ley 29-11 orgánica del Tribunal Superior Electoral (TSE)”, sostuvo la Finjus en un documento.
El TSE se declaró incompetente para conocer el “arrastre”, en virtud de precedentes establecidos por el TC en tres sentencias.

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