Advierte que es fundamental administración
del DR-CAFTA

Advierte que es fundamental administración <BR>del DR-CAFTA

Por MARIO MÉNDEZ 
La aplicación y administración del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos, Centroamérica y la República Dominicana (DR-Cafta) constituye una herramiento fundamental para que el país pueda aprovechar los beneficios de ese acuerdo, afirmó la consultora internacional, Viviana Santamaría Guerrero.

Al exponer en un seminario auspiciado por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) y la Cámara Americana de Comercio, la ex-negociadora del DR-CAFTA, dijo que entre los cambios que producirá ese tratado está que el Comercio será regulado en ambas vías, que se producirán mayores flujos de inversión y que ofrece la oportunidad para para alianzas estratégicas.

Dijo que los sectores de mayor sensibilidad requerirán de políticas de acompañamiento.

Explicó que el DR-CAFTA garantiza el principio de Trato Nacional y elimina las restricciones a la importación o exportación.

También dijo que el acuerdo establece una exención de aranceles para regímenes especiales de exportación: disposición que se aplica hasta el 2009.

Además, con el DR-CAFTA el importador no estaría obligado a mantener una relación contractual con el exportador para el ingreso de mercancías al país.

En cuanto a las cargas y formalidades administrativas, la experta explicó que con el DR-CAFTA, EEUU elimina el Merchandise Processing Fee para el ingreso de los productos centroamericanos y la República Dominicana.

Dijo que habrá libre acceso para bienes que ingresen después de ser alterados o reparados.

También se eliminan impuestos a la exportación, excepto carne, café y banano.

Con relación a la eliminación de subsidios a la exportación, dijo que con el DR-CAFTA se establece la Salvaguardia Especial Agrícola (SEA) como mecanismo para compensar otras medidas distorsionantes.

Explicó que se incluyó la posibilidad de revisión de los alcances de la SEA a partir del año 14 del TLC y de establecer mecanismos para atender las sensibilidades de importación de los países.

En cuanto a textiles y confecciones, se establece el acceso inmediato, libre de aranceles al mercado de los EEUU para la totalidad de los productos del sector.

Para las prendas, se establece una regla general de “hilaza en adelante”. Existe una excepción para las prendas de lana, cuya regla de origen es “tela en adelante”

Ademas, el DR-CAFTA establece la acumulación de origen con México y Canadá en tres grupos de productos: prendas de lana, pantalones y enaguas de mezclilla (“denim”), y pantalones y enaguas de algodón y fibras sintéticas.

La acumulación tiene un cupo máximo de 66 millones de metros cuadrados equivalentes, el cual crecerá al mismo ritmo que el comercio originario del área de libre comercio, explicó.

Explicó que la salvaguardia textil podrá invocarse una única vez sobre el mismo bien, por un plazo máximo de tres años y únicamente durante el periodo de transición, que corresponde a los seis años siguientes a la entrada en vigor del Acuerdo.

En cooperación aduanera se acordaron lineamientos para prevenir la triangulación o la evasión de leyes, regulaciones y procedimientos, incluyendo la adopción de sanciones cuando exista una sospecha o una determinación de una violación a los términos de este Acuerdo, dijo.

Además, señaló que se contempla un régimen de origen objetivo, previsible y de fácil administración, así como el establecimiento de normas de origen, en su mayoría, acordes con la realidad productiva-

No se limita el origen del producto a la adquisición de materias primas de los EE.UU, explicó.

Dijo que las normas establecidas en el DR-CAFTA no constituyen un obstáculo al comercio con los EE.UU.

En general, son más flexibles que en el NAFTA, aseguró.

Dijo que el DR-CAFTA contiene disposiciones que facilitarán el comercio, promoverán el control aduanero y contribuirán a los procesos de modernización de las aduanas.

Dijo que se otorgan plazos de transición que permitan a los países de la región flexibilidad para el cumplimiento de ciertos compromisos.

Además, se contempla un marco jurídico que institucionalice la cooperación en el marco del Tratado.

En cuanto al desarrollo institucional en el proceso aduanal que producirá el DR-CAFTA, dijo que se contempla el desarrollo de un sistema de información entre las agencias de Centroamérica y Estados Unidos, así como el establecimiento de un servicio de pre-inspección para exportaciones agrícolas y la creación de un comité para atender problemas específicos.

Dijo que el DR-CAFTA también contempla el establecimiento de plazos para agilizar el comercio y la capacidad de respuesta en materia de obstáculos técnicos.

Asimismo, se contempla la creación de un comité para procurar el mejoramiento e impulso de la cooperación y de los mecanismos de asistencia técnica.

También dijo que se plantea el establecimiento de un mecanismo para evitar que el ingreso de importaciones masivas ocasione daño a la producción nacional.

Explicó que las salvaguardias bilaterales se podrán utilizar durante un período de 10 años para los productos industriales y de 15 años para los productos agrícolas no sujetos a salvaguardias especiales.

Dijo que la aplicación de la salvaguardia será por un máximo de cuatro años.

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