Advierten a funcionarios sobre nuevos bienes

Advierten a funcionarios sobre nuevos bienes

POR DIEGO PESQUEIRA
La Procuraduría General advirtió ayer a los funcionarios del gobierno que la adquisiciones de muebles e inmuebles sin haber presentado la declaración jurada de bienes, será considerada ilícita con todas sus consecuencias, hasta prueba en contrario, tal y como lo prevé el párrafo del artículo 6 de la Ley 82-79.

También advierte a los funcionarios o empleados, independientemente del nivel jerárquico que ostenten «les está prohibido promover y propiciar el nepotismo en las oficinas del Estado, favoreciendo a sus parientes amigos en los cargos y negocios de la institución».

El nepotismo está prohibido por el artículo 8, inciso ‘p’, de la Ley 120-01, de fecha 20 de junio del 2001, que instituye el Código de Ética del Servidor Público.

El señalamiento de la Procuraduría, hecho a través del Departamento de Prevención de la Corrupción (DEPRECO), está en una comunicación dirigida a los funcionarios el pasado 13 de septiembre.

Explica la comunicación que para garantizar la transparencia en el desempeño de las funciones en la que recientemente han sido designados, deben presentar sus respectivas declaraciones juradas de bienes dentro del mes de su toma de posesión.

«En virtud de lo previsto por la Ley 82, de fecha 16 de diciembre del 1979, los funcionarios públicos indicados en el artículo 2 de la misma, están obligados, dentro del mes de su toma de posesión, a levantar un inventario detallado, jurado y legalizado ante notario público, de los bienes que constituyen en ese momento su patrimonio. Igual requisito deberán cumplir dentro del mes de hacer cesado en funciones», precisa.

Los inventarios, precisa el DEPRECO, deberán ser sometidos en duplicado al Tesorero Nacional, quien remitirá copia al procurador general.

Explica que con la finalidad de agilizar la elaboración del inventario, dentro del plazo previsto, la Procuraduría, a través del DEPRECO, dispone del formulario número 3461 que le será suministrado, sin costo alguno, a todo funcionario que lo solicite, pudiendo obtenerlo también a través de la página electrónica en el Internet, cuya dirección es www.procuraduría.gov.do.

En la comunicación también se advierte que para las compras y contrataciones de bienes y servicios de la administración pública, deben ser tomadas en cuenta las disposiciones establecidas en la ley 295, de fecha 30 de junio de 1966, de aprovisionamiento del gobierno, así como de su reglamento, contenido en el decreto 262-98 del 10 de julio de 1998.

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