POR PEDRO GERMOSEN
El secretario de Hacienda, Vicente Bengoa, y la directora de Comercio Exterior, Vilma Arbaje, advirtieron ayer al Senado que varios artículos del proyecto de ley de Concesiones de Obras y Servicios Públicos, atentan contra el Tratado de Libre Comercio (DR-CAFTA) y los objetivos de la legislación sobre contratación pública.
Por su lado, el director de Impuestos Internos, Juan Hernández, comunicó a los senadores que el proyecto de ley de Eficiencia Recaudatoria contiene aspectos que provocarían un entaponamiento de expedientes en el Tribunal Contencioso Administrativo Tributario.
En su carta al presidente del Senado, doctor Reinaldo Pared Pérez (PLD-Distrito Nacional), Bengoa hace una propuesta a fin de que a través del proyecto sobre otorgamiento de concesiones y obras del Estado no se vulneren los acuerdos internacionales y los objetivos definidos en la legislación de contratación pública.
Resalta que el citado proyecto contiene disposiciones que contradicen y debilitan las modificaciones introducidas por la ley 449-06 a la 340-06 , lo que pudiera reabrir el debate con el gobierno de los Estados Unidos, de conformidad con los compromisos de intercambio de informaciones que afecten la política comercial del país, lo que a tan poco tiempo de la puesta en vigencia del DR-CAFTA podría dar señales equivocadas de potenciales incumplimiento. Advierte que para evitar tales inconvenientes, todo el procedimiento de contratación debe se regulado por las disposiciones relativas a la contratación pública previstas en la ley 340-06. Arbaje expresa: Entendemos que la propuesta de la Ley General de Concesiones contiene a lo largo de su articulado disposiciones que vulneran compromisos consagrados en el Tratado de Libre Comercio, por lo que estimamos conveniente una discusión más profunda del mismo, a modo de poder consensuar un proyecto de ley acorde con los compromisos internacionales asumidos por nuestro país. El director de Impuestos Internos, en comunicación al presidente de la Cámara Alta, advierte que la posibilidad de interponer el Recurso Contencioso Tributario sin necesidad de agotar previamente el Recurso de Reconsideración ante la propia Administración Tributaria, nos llevará indefectiblemente a una aglomeración o entaponamiento de expedientes en el Tribunal Contencioso Tributario Administrativo.
Para evitar esta situación, el funcionario recomienda la modificación del proyecto de Eficiencia Recaudatoria.