Afirma el PRD es segunda mayoría municipalidad en el país

Afirma el PRD es segunda mayoría municipalidad en el país

El posicionamiento que un partido, movimiento o agrupación política tenga en la municipalidad se otorga por la cantidad de gobiernos locales, de territorios que gobierne y no por el total general de votos municipales alcanzados o el número de regidores o vocales que tenga.
La explicación la ofreció el doctor Pedro Richardson, secretario nacional de Asuntos Municipales del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en respuesta al experto municipal Domingo Matías, quien atribuye al Partido Revolucionario Moderno (PRM) la segunda fuerza municipal.
Dice que el país cuenta con 392 municipalidades, cada una con características propias, divididas en 158 municipios y 234 distritos municipales.
De manera que en el pasado proceso electoral se realizaron 392 sufragios en el que el PRD obtuvo 30 municipios y 48 distritos municipales, en tanto que el PRM resulto vencedor en 31 municipios y 42 distritos municipales, totalizando 73 municipales.
“Evidentemente que 78 es mayor que 73 y que las matemáticas no se equivocan”, afirma Richardson.
Recuerda que una vez pasado el proceso electoral el alcalde del municipio Jaquimeyes, postulado por el PRM, regresó al PRD, organización de la cual era originario, con lo que el PRD sube a 31 alcaldes y el PRM baja a 30.
De igual modo el alcalde del municipio Fundación, electo en la boleta del Frente Amplio regresa al PRD, con lo que ese partido consolida su posición de segunda mayoría al tener 32 gobiernos locales, es decir 32 territorios.
Además, señala que en la reciente asamblea de Fedomu y en virtud de que los estatutos de esa entidad en su artículo 50 establecen que a la segunda mayoría le corresponde la Tesorería fue electo tesorero el alcalde de Santa Cruz de Barahona, Noé Octavio Suberví (Tavito).
Resaltó que los comisionados del PRM participaron de ese evento y aceptaron, aunque a regañadientes y con tristeza, esa realidad.
Explica que la Constitución de la República establece en su artículo 202 que la representación del municipio recae en el alcalde y la del distrito en el director. Dice que el PRD es la segunda mayoría municipal.

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