Agenda pendiente en la reforma bancaria

Agenda pendiente en la reforma bancaria

La reforma bancaria constituye uno de los aspectos más relevantes del Acuerdo Stand-By con el Fondo Monetario Internacional y a pesar de que a nivel de opinión pública los asuntos más debatidos guardan relación con los aspectos fiscales, monetarios, cambiarios y los cumplimientos de los respectivos topes y metas, lo cierto es que las dos cartas de intención al FMI dedican varias páginas a explicar el proceso de reforma al sector y varios cuadros donde se incluyen cronogramas de los diferentes reglamentos a ser aprobados en el primer año del programa.

La presente crisis económica, sin lugar a dudas la más grave en la historia de la República, tuvo raíces externas como la caída en los ingresos de divisas provenientes del turismo y zonas francas, schock externo que pudo ser perfectamente manejado con un frenazo y un aterrizaje suave de la economía, pero el gobierno optó por mantener elevado el gasto, acudir masivamente al financiamiento externo, incluyendo la utilización de US$500 millones de dólares de la primera emisión de bonos soberanos en obras públicas de dudoso retorno financiero. Cuando la punta del iceberg de Baninter comenzó asomar en septiembre del 2002, con la concesión de los primeros adelantos y redescuentos, ya la tasa de cambio había comenzado a crecer a una velocidad mayor que los años precedentes y la fuga de capitales, también a superar las cotas históricas, como reflejo del inicio de la pérdida de la confianza en el gobierno y nuestra moneda.

Evidentemente que la quiebra de Baninter, con un monto de pasivos superiores a los activos, ha tenido un papel preponderante en la magnitud de la crisis, así como también las quiebras con otras características de Bancrédito y el Mercantil, pero hasta en este punto las autoridades no pueden evadir el peso de sus responsabilidades por los fallos en la supervisión, así por la forma como afrontaron primero el otorgamiento de los adelantos y redescuentos, en violación a la vigente Ley orgánica del Banco Central, luego el salvamento de todos los depositantes en violación de acápites de la Ley Monetaria y Financiera promulgada el 3 de diciembre del 2002.

Con el precedente de los fallos en la supervisión y la forma poco ortodoxa como se asumió la quiebra de Baninter era lógico que el Fondo Monetario Internacional hiciera énfasis en acelerar la reforma bancaria, concluir con toda la reglamentación necesaria para aplicar la nueva Ley Monetaria y reforzar los mecanismos de supervisión a cargo de la Superintendencia de Bancos.

En dos revisiones las autoridades han sido incapaces de cumplir una buena parte de los topes y metas del programa con el FMI, pero en el caso de los reglamentos estipulados en el acuerdo hay que reconocer en su mayoría han sido elaborados, sometidos y aprobados dentro de los plazos fijados, y, en el cumplimiento de esa ruta crítica, solo restan los reglamentos cuya aprobación corresponden a estos meses de la transición.

Para finales de enero el «Memorando Suplementario de Políticas Económicas del Gobierno de la República Dominicana», en la parte de la reforma bancaria contemplaba: a)Reglamento del prestamista de última instancia, b)Préstamos a partes vinculadas y c)Filiales extraterritoriales, los cuales fueron aprobados por la Junta Monetaria el 18 de diciembre del 2003 y el 18 y 30 de marzo de este año respectivamente.

Para finales de febrero los reglamentos relacionados con suficiencia de capital, revisión de requisitos de capital, valoración y provisión de fondos de activos, los cuales están contenidos en el Reglamento de «Normas Prudenciales de Adecuación Patrimonial» aprobado por la Junta Monetaria el 30 de marzo.

En marzo el programa contempla los reglamentos: requisitos de calificación y competencia para gerentes, definición de grupo financiero y auditores externos, de los cuales solo este último fue aprobado como proyecto para la opinión de los interesados en la sesión de la JM del 30 de marzo.

En abril los reglamentos aprobados de acuerdo al calendario del programa debieron ser: operación de instituciones financieras de propiedad pública, la implementación de la liquidación de entidades financieras y el tratamiento de los riesgos de mercado. De estos el reglamento de liquidación fue aprobado, riesgos de mercado está a nivel de proyecto desde la sesión de la JM del 29 de abril y sin presentar el reglamento para las instituciones financieras públicas.

En este mes de junio debe aprobarse el reglamento para la supervisión consolidada cuyo proyecto fue aprobado por la JM el 30 de marzo, mientras para julio queda pendiente el reglamento sobre reglas de buena gestión para las instituciones financieras y también la aprobación e implementación de los reglamentos restantes para una total aplicación de la Ley Monetaria y Financiera.

La Superintendencia de Bancos y la Junta Monetaria han cumplido, con retrasos menores, el calendario correspondiente a la reforma bancaria, por lo cual es factible, al margen de esta transición, que los proyectos de reglamentos ya presentados se aprueben y los restantes se elaboren por lo menos a nivel de proyectos y así, concluida la fase actual, corresponderá a las próximas autoridades la tarea de construir una Superintendencia de Bancos con un personal cada vez más cualificado, la capacidad de inspección reforzada, para que sean capaces de supervisar la estricta aplicación de estos reglamentos que contribuirán a un sector financiero más sano, confiable, competitivo y con las condiciones para soportar los eventuales choques externos e internos.

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