Al director  de AMET

Al director  de AMET

La ley 241 de Tránsito de Vehículos es la primera que conspira en relación a sus propios fines, porque estipula sanciones de uno, diez, veinte, veinticinco, cincuenta, cien, doscientos, trescientos y quinientos pesos por violaciones a capítulos esenciales de esa ley que debe modificarse ya.

El general Rafael Bencosme Candelier, director de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) tiene fama de ser “un duro”, que en este rol no lo ha demostrado y hace tiempo ha debido mediante Consultoría Jurídica de la institución realizar los trámites precisos para modificar la estructura punitiva de la Ley 241.

Si un conductor no porta la licencia de conducir requerida por un agente de tránsito, sea de AMET, o de la PN, la multa es de RD$5 a RD$25, dice el artículo 48.

El artículo 75 establece que un conductor detectado en estado de embriaguez será castigado con una multa de RD$75 y no mayor de RD$300, suspensión de licencia por seis meses a un año y prisión de uno a tres meses.

Conducción temeraria dice el artículo 65 se sanciona con RD$50 a RD$200 o prisión de uno a tres meses.

Alusivo a vehículos de tracción muscular, bicicletas, triciclos y carretas, capítulo XIII, no especifica prohibición de transitar cuando el sol se oculte y no haya  visibilidad suficiente y prudente.

La Ley 143-01 especifica en su artículo dos que dotado conductor sorprendido hablando por el celular será sancionando con un 25% del salario mínimo que son RD$8,000, en este caso RD$200.

¿No es la propia Ley 241 la principal conspiradora y saboteadora de su espíritu con multitas similares a dos, tres, cuatro o cinco “frías”?

La Ley 241 debe reformarse para que las multas por estas infracciones se eleven a no menos de RD$2,000 manejo temerario, y RD$5,000 hablar por celular y RD$10,000 embriaguez con prisión adjunta de un mes.

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