Alcalde de Santiago define chantaje embargo retentivo

Alcalde de Santiago define chantaje   embargo retentivo

Abel Martínez, alcalde de Santiago.

El alcalde de Santiago, Abel Martínez, reaccionó ayer ante la publicación en medios informativos del embargo a sus cuentas personales por alegadas deudas contraídas en la entidad, lo cual tildó de “un chantaje al cual no me voy a prestar”.


“Si por defender cada centavo del pueblo me van a demandar y a embargar a título personal, desde ahora les digo que pueden hacerlo todas las veces que quieran, considerando que mi deber es cuidar cada centavo bajo nuestra administración y en este caso, de personas que con medios cuestionables, han logrado un mamotreto jurídico que se les ha ido desmontando, sustentándonos en pruebas y en el buen ejercicio del derecho”, sostuvo en un comunicado.


De su lado Rafael Ceballos Peralta, director de la Consultoría jurídica de la alcadía, confirmó en ese texto que una oficina de abogados de esa ciudad trabó un embargo retentivo sobre las cuentas del ayuntamiento y las del alcalde, pero que es un embargo irregular cuyo objetivo es chantajear a la Alcaldía y a sus autoridades, a fin de conseguir el pago de un crédito cuestionado por esa institución.


Explicó que la deuda data de 2008 cuando los abogados de ese caso, fungían como funcionarios en la Consultoría Jurídica de esa gestión y con quienes por demás, el cabildo no tenía ninguna deuda.


“Ciertamente fue reconocida mediante sentencia No. 358-2017-SSEN-00188 del 7 de abril 2017, emitida por la Corte de Apelación de la Cámara Civil y Comercial del Departamento Judicial de Santiago, pero al tratarse de un crédito que data de la gestión del fenecido exalcalde José Enrique Sued, la misma no tiene ninguna base de sustentación, en el sentido de que el reclamante, el señor Franklin Martínez, nunca ha tenido contrato con el Ayuntamiento de Santiago, ni ninguna relación comercial”, asegura Ceballos.


La nota de prensa indica que, “dada la situación, la parte legal que representa al Ayuntamiento de Santiago, ha rehusado el pago de la misma, en razón de que no existe vínculo alguno con el demandante, por lo que acudió al Juez de los Referimientos, donde consiguió el levantamiento del embargo trabado en contra de las cuentas del ayuntamiento, mediante la ordenanza civil número 0514-2021-SORD- 00195, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago”.