Alianzas y Presupuesto Complementario

Alianzas y Presupuesto Complementario

En una democracia funcional debe existir un contrapeso entre los poderes del Estado, especialmente un Congreso que sirva de fiscalizador del Poder Ejecutivo. Sin embargo, desde 2006 el PLD logró mayoría en ambas cámaras y por vía de consecuencia la posibilidad de elegir parciales, salvo honrosas excepciones, en las altas cortes, la JCE y la Cámara de Cuentas, pero debido a la división consumada en ese partido ahora tenemos tres bloques en la Cámara de Diputados, el Gobierno perdió la mayoría, y por ello vemos posiciones firmes en torno al Presupuesto Complementario.
No es accidental que desde los litorales del oficialismo, y ciertos periodistas voceros gubernamentales, se intente burlar o cuestionar las alianzas que se han producido entre el PRM, LFP, PRSC y la coalición “Juntos Podemos”, llevando 24 candidatos a senadores y otras alianzas municipales, ya que esto pronostica un Senado conformado por tres grandes bloques y el presidente que resulte de los comicios de mayo 2020 no tendrá mayoría en ambas cámaras.
En el caso del Presupuesto Complementario hemos visto cómo las bancadas del PRM y LFP lo han rechazado por entender que viola la Constitución, la Ley Orgánica de Presupuesto (Ley 423-06) y la de Crédito Público (Ley 6-06).
La costumbre del Poder Ejecutivo era someter un Presupuesto Complementario debido al aumento o la caída de los ingresos y aprovechaba para introducir transferencias y gastos ya ejecutados en violación del Art. 236 de la Constitución que reza: “Ninguna erogación de fondos públicos será válida, si no estuviere autorizada por la ley y ordenada por funcionarios competentes”. Más específico es el Art. 48 de la Ley Orgánica del Presupuesto que establece que cualquier modificación a la Ley de Presupuesto General del Estado deberá ser mediante la introducción de un proyecto de ley previamente aprobado por el Consejo Nacional de Desarrollo.
La modificación de la Ley 61-18 (Presupuesto General del Estado 2019) se origina en una caída en los ingresos por un monto aproximado de RD$12 mil millones y un aumento en el gasto (ya ejecutado) de RD$10 mil millones para un incremento del déficit en RD$22 mil millones.
La pieza introduce un aumento de las apropiaciones a varios ministerios e instituciones por un monto cercano a los RD$28 mil millones que se compensa con una reducción de las apropiaciones por ese mismo monto, por cierto transferencias que ya fueron ejecutadas.
También el Gobierno asume US$495 millones que fueron contratadas por las EDE para pagos a contratistas y proveedores, violando estas el Art.21 de la Ley de Crédito Público, también el Gobierno asume deudas a generadores por un monto de RD$33 mil millones (aproximadamente US$625 millones) y autoriza a las EDE a contratar préstamos de largo plazo por US$611 millones para cubrir deudas con generadores durante 2018. El agujero eléctrico asciende a US$1,731 millones, lo cual eleva la deuda pública en 2.0 % del PIB.
El propio proyecto reconoce en el Art. 7 que se aprueben transacciones realizadas por la Tesorería y en el Art. 17 se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, “a realizar los ajustes que sean necesarios para el cierre del ejercicio presupuestario de 2019”. En lenguaje llano se le está pidiendo al Congreso que autorize violar la Constitución y la Ley Orgánica de Presupuesto.
En conclusión, por vez primera se abre un debate importante que por lo menos servirá a las próximas administraciones a ejecutar el Presupuesto de acuerdo a lo que establecen la Constitución y las leyes. Por eso es importante un Congreso equilibrado.

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