ALTA GERENCIA

ALTA GERENCIA

Defensor del Pueblo de qué

El Poder Ejecutivo dispone de más de diez organismos para atender los problemas del transporte; unas ocho instituciones dedicadas a los problemas de viviendas y más de cuatro órganos para enfrentar los problemas de desarrollo de la comunidad.

Esa duplicidad de funciones generalizada en el Estado dominicano representa para este un necesario alto costo operativo, cuyos gastos podrían ser mejor utilizados en la solución de otros problemas más prioritarios de la sociedad.

Aun conociendo nuestros legisladores esta realidad y en lugar de cumplir el mandato constitucional de “garantizar la racionalidad del gasto público…” (Art.75, inciso 6), prefieren continuar con la carrera desenfrenada de duplicidad de funciones con la designación del Defensor del Pueblo.

Para todas las funciones que pueda    desempeñar esta incumbente, el Estado dominicano dispone de organismos especializados en el orden constitucional, administrativo, de justicia,   electoral, medio ambiente, de fiscalización y control, de defensor del consumidor, etc.

El liderato político dominicano pudo haber postergado esta designación innecesaria que solo servirá para malgastar. Un país pobre como el nuestro no puede darse el lujo de gastar cientos de millones de pesos en un organismo solo para hacer sugerencias y persuadir a las autoridades.

Sus resoluciones no obligan a institución y funcionario alguno a cumplirlas, ni tiene potestad para someter a nadie por anomalías encontradas. Con la creación de una superestructura como esta se está creando un monstruo para devorar las arcas del Estado dominicano, solo para elaborar sugerencias, informes y archivarlos.

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