Amet a mano pelá

Amet a mano pelá

Todos aplauden, y no es para menos, la decisión del Tribunal Constitucional que estableció que es ilegal la retención de vehículos a quienes violan la ley 241 de tránsito, una práctica “institucionalizada” por Amet y reiteradamente denunciada como abusiva por los ciudadanos, que nunca encontraron, hasta ahora, quien escuchara o atendiera sus quejas. La alta corte también estableció, en su sentencia 021-15, que el castigo dispuesto para las infracciones de tránsito es la multa, y consideró que el procedimiento especial para las contravenciones establecido en el Código Penal es la detención, la toma de los datos, y mediante formulario levantar el hecho. La reacción de Amet ha sido —¿qué otra cosa podía hacer?– la de declararse respetuoso del tribunal y su decisión, que por supuesto acatará. Pero lo que no dijo, ni va a decir, es que el Tribunal Constitucional acaba de despojarlo del único mecanismo coercitivo con que contaba para mas o menos obligar a los conductores a respetar la ley, pues las multas que impone no las paga nadie o casi nadie, y el mejor ejemplo son las estadísticas del 2014: de 517,760 multas impuestas por sus agentes por distintas infracciones, solo fueron pagadas el 9.48%. Así es muy difícil, por no decir imposible, imponer el orden en el caos que gobierna en nuestras calles, donde solo se respeta la ley del más fuerte o del mas imprudente y temerario, lo que se agrava porque los agentes de Amet permiten (¿o serán órdenes superiores?) a los padres de familia que conducen motores, carros del concho, voladoras, patanas y demás objetos peligrosos no identificados, hacer lo que les da la gana. Hay que aplaudir, cómo no, la decisión del Tribunal Constitucional de impugnar una práctica abusiva e ilegal, pero igualmente hay que lamentar que Amet esté tan desprovista de mecanismos de disuasión que obliguen a tanto desaprensivo que anda por ahí con un volante en las manos a respetar la ley de tránsito.

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