Amplían las sanciones por tráfico humanos

Amplían las sanciones por tráfico humanos

Camara de Diputados

La Cámara de Diputados de la República Dominicana (CD) aprobó en primera lectura la modificación del artículo 21 de la Ley Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, para que en lo adelante la renovación de las licencias sea por un período de dos años.

De igual modo, la Ley que modifica el artículo 3 y crea el artículo 3.1 a la Ley 137-03, del 7 de agosto de 2003, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas en la que incluye sanciones drásticas.
Sobre el primero, tiene por objeto modificar el artículo 21 de la Ley 631-16, del 2 de agosto de 2016, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, para de ampliar el plazo de la licencia de porte y tenencia de armas de fuego, de uno a dos años.

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Las licencias otorgadas al amparo de la presente ley, se emitirán en forma individualizada y con carácter intransferible por un período de dos años. Explicó que en caso de deterioro o pérdida del documento que acredita la licencia para la tenencia de armas, el titular deberá solicitar, inmediatamente a que el hecho se produzca, una copia cuya vigencia se extenderá por el mismo plazo que correspondía a la original.

Señaló que las licencias deberán renovarse a su vencimiento, por su titular, de forma personal, durante los tres meses anteriores a su vencimiento.

Tráfico y rata

De igual modo, la Cámara de Diputados aprobó en primera lectura, la Ley que modifica el artículo 3 y crea el artículo 3.1 a la Ley 137-03, del 7 de agosto de 2003, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas.

Se considera infracción grave de trata de personas el que mediante la captación, transporte, traslado, acogida o receptación de personas, recurriendo a la amenaza, fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder, así como situaciones de vulnerabilidad.