Andrés Bautista apeló resolución lo envió a juicio fondo

Andrés Bautista apeló resolución lo envió a juicio fondo

Andrés Bautista García, exsenador por el Partido Revolucionario Dominicano; Durante lectura de la sentencia del caso odebrecht a los siente imputados de soborno de 92 millones de dólares en la Suprema Corte de Justicia de Santo Domingo República Dominicana. 21 de junio de 2019. Foto Pedro Sosa

Andrés Bautista García presentó ante la Segunda Sala (Sala Penal) de la Suprema Corte de Justicia un formal recurso de apelación en contra del auto de apertura a juicio dictado en su contra por el magistrado Francisco Ortega Polanco. La defensa técnica indicó que este recurso de apelación debe ser admitido y acogido por dicha Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia dado que la decisión del juez Ortega constituye un nefasto precedente para el sistema de justicia penal, ya que con ella se convirtió de un plumazo en legislador y también en Constituyente al crear reglas procesales no existentes y reservadas al legislador, violando así el principio de separación de poderes que establece la Constitución y las garantías tanto procedimentales como dogmáticas de la Constitución de la República.

El licenciado Carlos Salcedo, quien dirige el Consejo de Defensa del licenciado Bautista García, y los demás integrantes de la defensa, los licenciados Antoliano Peralta, Gustavo de los Santos y Thiaggo Marrero, añaden que el magistrado Ortega Polanco prevaricó al señalar textos como el artículo 24 de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción que supuestamente dispone la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción administrativa, cuando dicho artículo en ningún lugar así lo dice, además que nuestra Constitución lo que establece es la posibilidad de que el legislador amplíe los plazos de prescripción, sin que exista una ley tampoco que establezca dicha imprescriptibilidad.

De igual forma la defensa técnica de Bautista García manifestó que de mantenerse el auto de apertura a juicio el juez Ortega Polanco se aniquilaría el sentido de la audiencia preliminar y la función del juez, convirtiéndose este en un juez-Ministerio Público, retrotrayendo con esto el proceso penal al sistema inquisitivo, el cual quedó felizmente superado con el Código Procesal Penal.

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