ANI pide prórroga para poder cumplir con Registro Sanitario

ANI pide prórroga para poder cumplir con Registro Sanitario

 

La Asociación Nacional de Importadores (ANI) advirtió que el Ministerio de Salud Pública no está en capacidad para aprobar los permisos de Registro Sanitarios en el plazo que ha otorgado para los productos alimenticios, por lo que pidieron que se dé un plazo de un año adicional hasta el 2018.
Afirmaron que solicitan esta prórroga porque actualmente hay permisos que tienen más de un año de haberse solicitado y todavía no se ha dado la aprobación.
Destacaron que de aplicarse esta medida como la anunció el Gobierno, podría ocurrir un desabastecimiento de productos alimenticios.
El 12 de julio de este año el Gobierno informó que a partir del primero de enero de 2017 todos los productos alimenticios de producción nacional e importados deberán contar con el Registro Sanitario vigente para poder comercializarse. Informaron que con el objetivo de agilizar el tiempo de respuesta en el procedimiento de tramitación del Registro Sanitario, el Ministerio de Salud Pública pondrá a disposición un servicio especializado en su ventanilla única de autorizaciones sanitaria, para los expedientes correspondientes a productos lácteos y sus derivados.
Y el Gobierno advirtió que de no cumplir con esta disposición se aplicarían las sanciones previstas en las legislaciones vigentes.
Al respecto, los directivos de la ANI, Wilfredo Ubrí, presidente; Héctor Cuevas, asesor, Lorenzo Antonio Piña Cámpora, vocal; Angelo Viro, segundo vicepresidente; Ángela León, vocal; Ana Gutiérrez, directora ejecutiva, al asistir en el Encuentro Económico de HOY precisaron que están de acuerdo con que todos los productos cuenten con un Registro Sanitario vigente, pero el problema es que el Ministerio de Salud Pública tiene un funcionamiento deficiente para otorgar esta certificación.
León explicó que no se puede exigir que en solo seis meses todos los productos cuenten con Registro Sanitario, cuando todavía hay productos de los miembros de la ANI cuyos documentos fueron depositados en 2015 y todavía no cuentan con esta certificación.
Agregó que en la última reunión con miembros del Ministerio de Salud Pública estos afirmaron que iban a apresurar los procesos, pero por el contrario han puesto los trámites más difíciles.
Detalló que ahora se establece una diferenciación entre Registro Sanitario nuevo y la renovación del mismo, y para este último se debe entregar todos los mismos documentos que se entregaron para su registro por primera vez porque el Ministerio de Salud Pública no cuenta con archivo al respecto.
Indicó que en los países centroamericanos para renovar un Registro Sanitario lo único que se hace es llevar muestras nuevas y estás se someten a pruebas de laboratorio para comprobar que los ingredientes de este producto son los mismos que se avalaron para la entrega del primer registro sanitario hace cinco años atrás. “Ahora, como ellos no tienen ningún tipo de documento al respecto guardado, hay que enviar de nuevo todos estos documentos. Cuando la renovación debe ser más fácil”, manifestó.
Deficiencias y negligencias. De su lado, Ubrí expresó que ahora el sector comercial y productor debe cubrir esta falta del Ministerio de Salud Pública que por negligencia no cuenta con archivos.
León mencionó que para obtener todos los documentos para lograr un Registro Sanitario no es simple, pues se necesitan documentos de libre venta, autorizaciones, información cualitativa y cuantitativa del producto, entre otras, todas las cuales tienen que estar apostilladas y completar un expediente completo puede tardar hasta seis meses.
Así mismo muchos documentos deben ser traducidos y todos requieren evaluación de laboratorios, lo que lleva a costos aproximados de RD$10,000 por producto.
Además expresó que incluso se podría elaborar un calendario para determinar el plazo en que los productos deben cumplir con el Registro Sanitario, pues cada caso es distinto.
Indicó también que el Ministerio de Salud Pública no cuenta con laboratorios para productos refrigerados ni cuarto frío para almacenarlos. “Hemos llevado productos y luego nos avisan que debemos llevar otra muestra porque el producto se dañó porque no tienen cuarto frío. Esto que lleva a que usemos laboratorios privados para hacer los análisis subiendo así los costos. Agregó que debido a las deficiencias del Ministerio de Salud Pública para evaluar los productos, solo reciben 10 expedientes a la vez por empresa.
Importancia. El Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas es el procedimiento mediante el cual la autoridad sanitaria competente inscribe y autoriza la importación, exportación y comercialización de los alimentos, previa solicitud de una persona natural o jurídica y luego de cumplir con los requisitos establecidos en el Código de Salud. La finalidad de este registro es proteger la salud humana de un aditivo contaminante, toxina u organismo causante de enfermedad y cumplir con el mismo está contenido en el Decreto No.528 que aprueba el Reglamento General para Control de Riegos en Alimentos y Bebida en la República Dominicana.
En su artículo cinco establece que “Todos los comestibles, bebidas y similares elaborados que se suministre al público en envases o paquetes cerrados, deberán ser registrados en la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social a fin de que se autorice su fabricación, almacenamiento, transporte, posesión, importación, elaboración, venta o suministro al público”.

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