ANJE dice DGII viola Ley sobre
Reforma Fiscal

ANJE dice DGII viola Ley sobre <BR>Reforma Fiscal

POR SOILA PANIAGUA
El presidente de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE), Manuel Diez Cabral, acusó ayer a las autoridades tributarias de violar la ley 288-04 sobre reforma fiscal, al ampliar las exenciones sobre las transacciones bancarias a las operaciones que realice el Banco Central.

Diez Cabral, además, consideró irregular la norma  4-04 emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el pasado sábado, la cual amplía las exenciones dispuestas por la Ley 288-04 sobre reforma tributaria al impuesto sobre las transacciones bancarias en el Banco Central.

Consideró preocupante las pretensiones de la DGII, de modificar la Ley 288-04 de reforma tributaria mediante la emisión de una  norma, “ya que las normas y reglamentos sólo están destinados a establecer los procedimientos para asegurar la aplicación de la ley, pero jamás para alterar o modificar una ley o el espíritu de la misma”.

Consideró que una norma administrativa no puede, sin justificación alguna,  modificar lo dispuesto por una ley que determinó detalladamente los casos de excepción, aunque ésta beneficie a alguna institución del Estado, como se ha producido en este caso.

Dijo que la norma 4-04 de la DGII introduce una excepción no prevista en la ley, al excluir de este impuesto a las transacciones realizadas por el Banco Central, dentro del marco previsto en la ley que es el de gravar los pagos realizados por cualquier entidad a través de instituciones de intermediación financiera; entre estos los pagos realizados por el Banco Central a sus suplidores y empleados.

Refirió que el artículo 12 de la Ley 288-04 establece la introducción de un impuesto de 1.5 por mil, sobre el valor de cada cheque de cualquier naturaleza, pagado por las entidades de intermediación financiera.

También, los pagos realizados a través de transferencias electrónicas, sólo excluye de ese impuesto el retiro de efectivos realizado tanto en cajeros electrónicos como en los bancos, el consumo de las tarjetas de crédito, los pagos a la seguridad social y de fondos de pensiones, así como los realizados al Estado por concepto de pago de impuesto.

También, pidió que se aclare el aviso emitido por la DGII el martes 5 de este mes, mediante el cual se explica el procedimiento a seguir por los empleadores para la nueva retención del Impuesto Sobre la Renta a los asalariados por relación de dependencia, de acuerdo a la modificación establecida por la Ley 288-04 en el artículo 6 que modifica el artículo 296 del Código Tributario.

Dijo que ese aviso tiende a confundir el alcance en el tiempo de aplicación de la nueva escala de retención, sobre todo por el hecho de que en algunos medios de comunicación, se ha esgrimido que la nueva tasa de retención será aplicada retroactivamente a enero del 2004.

Sin embargo, la ley 288-04 no señala este efecto retroactivo ni el aviso de la DGII lo indica expresamente.

 «ANJE siempre ha estado vigilante frente a este tipo de alteraciones legales, debido a que entiende que estas situaciones introducen confusiones a los agentes económicos y provocan innecesariamente incertidumbre en los agentes económicos que lo que necesitan son reglas claras, pero fundamentalmente estables, y que las mismas sean respetadas por todos», indicó.

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