Antinomia
El incesto y las violaciones  son  “maternidades impuestas”

<STRONG>Antinomia<BR></STRONG>El incesto y las violaciones  son  “maternidades impuestas”

Constitución,  leyes,  medicina,  médicos,  religiones –  son conceptos distintos para el desenvolvimiento del ser humano.

¿Quién le ha dado la inteligencia al ser humano? 

DIOS,  el Ser Omnipotente.  A través de Él,   todos los adelantos de la medicina han surgido.  Así han germinado exitosamente  las cirugías cardiovasculares,  trasplantes de órganos,  entre otras.

Antinomia: es la contradicción entre dos (2)  preceptos legales,  o sea,  se perjudica a una parte para salvar a otra.

El incesto y las violaciones por portadores de enfermedades contagiosas o transmisibles, son  “maternidades impuestas”  por un ser inducido por el diablo.  Es una desviación,   una perversión,   una transgresión.  

En otras palabras,   es un pecado garrafal,   un delito criminal y,  por lo tanto,  un producto a consecuencia de un acto delictuoso.   Existen múltiples condiciones y complicaciones médicas que se pueden presentar por los embarazos.  Ejemplo: un embarazo ectópico donde,   de no aplicarse las decisiones correctas,  ambas partes se verían perjudicadas.

   En esos casos,   ¿quién decidiría el destino de esas dos partes que están en peligro?   ¿No se aplicaría la Antinomia?  De no hacerlo,  ¿no se calificaría esa decisión como un asesinato?

«Esta fue la aprobación que se le dio al Artículo 30 de la Constitución Dominicana que se pretende confirmar. 

Pero acontece que,  el aborto se encuentra previsto y sancionado en nuestra Ley Positiva,  particularmente,  en el Articulo  317 del Código Penal Dominicano, y sus modificaciones subsecuentes, como es la Ley No. 1690 del 19 de abril del año 1948,  Gaceta Oficial No. 6783.  

Por lo tanto, su inclusión como texto de la Carta Sustantiva del Estado  Dominicano,  vale decir,  de la Constitución de la República Dominicana,  es errada.

 No podemos regular,  con carácter constitucional, toda relación jurídica entre los particulares,  porque los principios generales los instituye la Carta Magna,  como Suprema Ley o Ley de Leyes,   pero toda la realidad  fenoménica,  toda interrelación entre los individuos,  debe ser normada por las Leyes Positivas o Adjetivas, esto es, por Códigos o Leyes Especiales,  pero no necesariamente por la Constitución».

 Ser vivo –  algo creado que tiene vida.  ¿Entonces la masturbación también debe ser prescrita en la Constitución porque,  con este acto,   se está matando una célula viva que prevalece como un ser vivo?

En resumen:    la aprobación de esta complaciente ley es un engendro médico – legal.

Con esta nueva ley de la Constitución Dominicana,   ¿se  verá precisada la clase médica a violentar leyes que,  como muchas otras,   son intimadas e infringidas,  para no dejar morir a sus pacientes?   En esos casos,  una infracción podría sobrevenir a consecuencias de una benevolencia.

Reitero,  no estoy de acuerdo con el aborto,  pero en situaciones médicas imperantes y disponiendo de los nuevos adelantos médicos,  implementados para salvar vidas,   las decisiones ha tomar no  pueden estar regidas por una ley.

Hablo por la clase médica seria y responsable,  que es la mayoría.  

Y,  no es que me tilde con esas cualidades,  es que las poseo.   El sinvergüenza e irresponsable seguirá haciendo lo mal hecho,   con y sin ley.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas