Apresan hombre manejaba tomando alcohol y sin cinturón

Apresan hombre manejaba tomando alcohol y sin cinturón

Conductor apresado // Fuente externa.

Tomando alcohol y conduciendo sin cinturón de seguridad, así quedó captado en video un hombre que se desplazaba por las calles de Santo Domingo.

De inmediato, el audiovisual llegó a manos de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), por lo que fue localizado y apresado.

Así lo informó la entidad en sus red social Instagram, con el siguiente mensaje: ¨Nuestro Departamento de Inteligencia Vial localiza al conductor de una grúa que fue evidenciado en las redes sociales conduciendo sin cinturón de seguridad mientras ingería alcohol¨.

Sobre la DIGESETT

Con la finalidad de reorganizar el tránsito y todo lo relativo al transporte en el área metropolitana en nuestro país, fue creada La Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET),  mediante el Decreto No. 393-97 del 10 de septiembre de 1997, durante el primer periodo de gobierno del Dr. Leonel Fernández Reyna, como una dependencia de la Presidencia de la República.

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Luego mediante el decreto 238-01 del 14 de Febrero del 2001 Transfiere las funciones del departamento de tránsito de la Policía  Nacional a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET), la cual más adelante, fue transferida a la Policía Nacional, mediante la Ley No. 96-04, del 28 de Enero de 2004. 

Con la promulgación de la Ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial de la República Dominicana, G. O. No. 10875 del 24 de febrero de 2017, se crea la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre, (DIGESETT), bajo la dependencia de la Policía Nacional, como una dirección técnica y especializada que operará conforme a las políticas que establezca el Ministerio de Interior y Policía y el INTRANT y su Consejo Directivo en los aspectos relativos a esta ley y sus reglamentos.

Sus agentes serán responsables de viabilizar, fiscalizar, supervisar, ejercer el control y vigilancia en las vías públicas, y velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones de esta ley y sus reglamentos, asumiendo las atribuciones y competencias que correspondían a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) y la Autoridad Metropolitana de Transporte de Santiago (AMETRASAN).

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