Aprobación Ley  de  salarios requiere mayoría calificada

Aprobación Ley  de  salarios requiere mayoría calificada

El diputado nacional por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Hugo Tolentino Dipp,  afirmó ayer que la Ley de Regulación Salarial  es inconstitucional porque   debió aprobarse con una mayoría calificada de la matrícula congresional.

Deploró que tanto el Poder Ejecutivo como el Congreso Nacional sean reiterativos en el incumplimiento de determinadas normas constitucionales, como en el caso de marras.

 Ley orgánica Vs ley ordinaria. Hugo Tolentino Dipp  refirió que de acuerdo con el artículo 112 de la Constitución,    la ley que regula los salarios de los funcionarios públicos es una ley orgánica y, sin embargo, ha sido introducida, conocida, aprobada y observada como ley ordinaria.

Requiere 2/3 partes presentes. El    legislador perredeísta agregó que la Carta Magna no deja  lugar para interpretaciones equívocas al establecer que la Ley de Regulación Salarial de los funcionarios es ley orgánica por estar regulada por el estatuto constitucional de la función pública.

“Es decir, que su aprobación o rechazo exigen una mayoría calificada de las dos terceras partes de los legisladores presentes en ambas cámaras, por lo que  habiendo sido aprobada  con mayoría absoluta, es obvio que su inconstitucionalidad hace tabla rasa de su pretendida validez y, por ende, de toda ella y, naturalmente, de la observación presidencial”, dijo.

Artículo 112. Tolentino Dipp refirió que la  Constitución señala en este artículo que “Las leyes orgánicas son aquellas que por su naturaleza regulan los derechos fundamentales; la estructura y organización de los poderes públicos; la función pública…” y así continúa mencionando otros temas de igual intensidad.

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Prepotencia

Dijo que “he llamado la atención acerca de ese relajamiento en la interpretación de ciertas disposiciones de la Carta Magna, pero  debido a la prepotencia de quienes detentan los poderes Ejecutivo y Legislativo, de nada han valido para prevenir violación al texto constitucional”.

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