El Senado aprobó ayer y convirtió en ley el proyecto para la Administración de Bienes Secuestrados, Incautados y Abandonados en los Procesos Penales y en los Juicios de Extinción de Dominio.
La iniciativa legislativa crea el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, con personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Hacienda, órgano responsable de la administración y destino de esos recursos.
La ley, que pasa el Poder Ejecutivo para su promulgación u observación, establece además un sistema de administración, control, mantenimiento de los bienes que sean incautados en un proceso penal o de extinción de dominio, con respeto al debido proceso y su destino final en los casos en que se disponga su decomiso o sea declarada la extinción de dominio por sentencia definitiva.
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Esta normativa contempla que el monto obtenido por la venta de bienes será depositado en certificados de depósito en el Banco de Reservas, hasta que sea dictad una sentencia que determine su destino final.
Delito de Abigeato
Los senadores también aprobaron en segunda lectura y convirtieron en ley el proyecto que sanciona el delito de Abigeato, que tipifica y sancionar el robo de ganado mayor o menor, vivo, sacrificado o descuartizado.
La normativa, de solo diez artículos, señala en un considerando que la ganadería es de las principales actividades económicas del país y que los productores ganaderos no cuentan con seguridad jurídica y protección de sus bienes por parte de las autoridades.
El robo de ganado es uno de los perjuicios que enfrentan los pequeños, medianos y grandes productores ganaderos, lo que va en detrimento de su patrimonio y de su progreso como sector, además de que genera escasez y carestía de los productos derivados de la ganadería.