La Superintendencia del Mercado de Valores aprobado el “Fideicomiso de Oferta Pública de Valores Larimar I No. 04 – FP” para emitir valores de renta fija verdes, por un monto de hasta cien millones de dólares de los Estados Unidos de América con 00/100 Centavos (USD100,000,000.00) a Fiduciaria Popular, S.A.
Los valores de fideicomiso a ser emitidos han sido certificados como verdes por la firma internacional Pacific Corporate Sustainability y por el Climate Bonds Initiative (CBI). En ese sentido, los recursos obtenidos de la colocación de los valores se otorgarán al fideicomitente, la Empresa Generadora de Electricidad Haina, S.A. (EGE HAINA), quien dará uso de dichos recursos para financiar, o refinanciar, ya sea en parte o totalmente, proyectos nuevos o existentes que sean elegibles como Proyectos Verdes con beneficios medioambientales.
Con estos proyectos verdes elegibles Empresa Generadora de Electricidad Haina, S.A. (EGE HAINA) aumentará su capacidad instalada en energías renovables de 176.5 MW a 296.5 MW y evitará adicionalmente cada año la emisión a la atmosfera de 150,000 toneladas equivalentes de CO2 y la importación de 400,000 barriles de Petróleo.
Cabe destacar que el Fideicomiso de Oferta Pública de Valores Larimar I No. 04 – FP es la primera oferta pública de valores verdes autorizada en el país bajo los lineamientos verdes emitidos por la Superintendencia del Mercado de la Valores mediante Circular C-SIMV-2020-02-MV, que buscan incentivar la inversión responsable a través de proyectos de índole ambiental o social en el ámbito del mercado de valores, conllevando una transición hacia una economía más sostenible, promoviendo una cultura más verde en la República Dominicana, y contribuyendo hacia el logro de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) de la Organización de las Naciones Unidas y sus metas de cara al año 2030.
El Marco Verde elaborado por EGE HAINA mantiene la concordancia con el Estándar de Bonos Climáticos Versión del Climate Bonds Initiative (CBI) y los Principios de los Bonos Verdes publicados por la Asociación Internacional de Mercado de Capitales (“ICMA”).
Este fideicomiso será administrado por Fiduciaria Popular, S.A. y tendrá como principal activo subyacente los derechos económicos de los que el Fideicomitente, Empresa Generadora de Electricidad Haina, S.A., es titular en virtud de la propiedad del Parque Eólico Larimar I, incluyendo aquellos que forman parte del acuerdo de venta de energía suscrito con la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) de fecha veintisiete (27) del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016), cuyo objeto es la venta de la energía generada por ese parque.
Los valores a ser emitidos tendrán un vencimiento máximo de hasta el 31 de julio de 2036. Los pagos de intereses podrán ser mensuales o trimestrales a una tasa de interés fija en dólares de los Estados Unidos de América, según se determine en el aviso de colocación correspondiente. Asimismo, realizarán amortizaciones de capital de manera anual, conforme dispone el prospecto de emisión de la oferta pública.
La Calificación asignada al Fideicomiso de Oferta Pública de Valores Larimar I No. 04 – FP es de “A” por Feller Rate Sociedad Calificadora de Riesgo. Esta calificación denota instrumentos con una buena capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero es susceptible de deteriorarse levemente ante posibles cambios en el emisor, la industria a que pertenece o la economía.
Con la aprobación del Fideicomiso de Oferta Pública de Valores Larimar I, la Superintendencia cuenta con siete fideicomisos de oferta pública aprobados e inscritos en el Registro a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores en la República Dominicana, contribuyendo en el desarrollo del mercado y proveyendo a los inversionistas otras alternativas de inversión mediante la cual puedan canalizar sus ahorros.
Finalmente, cabe destacar que la autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores y la inscripción en el Registro de Mercado de Valores no implica certificación, ni responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia, respecto de la solvencia de las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro, ni del precio, negociabilidad o rentabilidad de los valores de oferta pública, ni garantía sobre las bondades de dichos valores.