Las instituciones de educación superior que otorguen los títulos de especialidad, maestría o doctorado deberán tener un cuerpo profesoral con grado académico igual o mayor al del programa que impartan, así como la infraestructura física y tecnológica pertinentes para esos estudios, según el Reglamento del Nivel de Postgrado de las Instituciones de Educación Superior.
La norma fue aprobada por el Consejo Nacional de Educación Superior, y otorga un plazo de 15 meses para que las universidades reúnan requisitos.
En caso de no cumplir lo establecido, los programas podrían ser clausurados o intervenidos por la Seescyt.
Como explicó la titular de la cartera, Ligia Amada Melo, el reglamento ordena los requisitos que las universidades deben cumplir para asegurar la calidad y pertinencia de los programas de postgrado. Además, sostuvo que pretende formar profesionales de alto nivel con capacidad de desarrollar investigaciones que contribuyan al fortalecimiento de las ciencias.
Aunque la normativa queda consignada en la ley 139-01 de Educación Superior, aprobada en el año 2001, no se había creado un reglamento para organizar los estudios de postgrado.
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Financiará estudios
La secretaría de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Seescyt) financiará los estudios de doctorado a docentes universitarios interesados en cursar este nivel. La cartera va a cubrir los gastos de matriculación así como una asignación mensual para alimentación a todos los docentes universitarios interesados en cursar doctorado en su área de formación profesional. Deberán tener una maestría.