Aprueban proyecto sustituye la Ley de Reservas, de 1962

Aprueban proyecto sustituye la Ley de Reservas, de 1962

Cámara de Diputados

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto que deroga y sustituye la Ley Orgánica del Banco de Reservas de la República Dominicana, la 6133, del 17 de diciembre del año 1962, y sus modificaciones, para otorgarle categoría de Banco Múltiple, ajustarlo a la Ley Monetaria y Financiera, a la Ley del Mercado de Valores y aumentar el capital del banco a RD$39 mil millones.

Pasa el Senado de la República el proyecto de ley propuesto por el Poder Ejecutivo y depositado en la Cámara de Diputados el 04 de octubre del 2023.

La comisión especial que estudió la iniciativa, presentó el informe favorable que los diputados debatieron en la sesión y que acogió una modificación, presentada por el diputado Juan Dionicio Rodríguez, del Frente Amplio, para cambiar una palabra que surte efecto de forma.

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El artículo 8 del proyecto establece que el banco estará sujeto al régimen de operaciones permitidas, prohibidas e inversiones aplicable a las entidades de intermediación financiera de la categoría de bancos múltiples, conforme a las disposiciones de la Ley Monetaria y Financiera y sus normas de aplicación. Este artículo coloca al estatal Banreservas en regulación similar a los bancos privados.

En cuanto a las utilidades, el artículo 26 ordena que cuando los resultados del ejercicio fiscal del banco generen beneficios, los dividendos se distribuirán un 40% para el Estado dominicano, y que del monto resultante, antes de transferirlo al Estado, se destinara directamente un 15% para cubrir deudas del Estado y de sus dependencias con el banco. Esto será cuando el banco cumpla los niveles de solvencia regulatoria y adecuación patrimonial, exigidos por la Ley Monetaria y Financiera.

En tanto, el 60% de las utilidades distribuida será destinado a reservas patrimoniales.

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, ponderó la importancia de la modificación de la ley, que en su artículo 9 regula el ente interno de Banreservas, colocando la Dirección y la Administración a cargo del Consejo de Directores, órgano máximo de dirección y autoridad de administración, con la Presidencia Ejecutiva como responsable de la Alta Gerencia y con ello, de la dirección y gestión de las actividades ordinarias del banco.

Los cambios en el Consejo de Directores los dispone el artículo 11 del proyecto, integrado por 14 miembros, de los que dos serán exoficio, el ministro de Hacienda, quien lo presidirá, y el presidente ejecutivo del banco, quien tendrá voz, pero no voto. Doce miembros serán designados por decreto del Poder Ejecutivo, con voz y voto; tres serán recomendados por la Junta Monetaria, con requisitos de miembros independientes.

El Consejo de Directores tendrá tres cargos internes para su funcionamiento: Presidente, que recae en el ministro de Hacienda, un vicepresidente y un secretario. La alta gerencia recae en la presidencia ejecutiva del banco, con designación por decreto.

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