Arremete contra tribunal liberó de responsabilidad de fraude ex director de BN

Arremete contra tribunal liberó de responsabilidad de fraude ex director de BN

La titular de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción Administrativa (PEPCA), Laura Guerrero Pelletier, calificó hoy de funesta la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en torno al fraude de más de RD$157 millones cometido durante la gestión de Elías Wessin Chávez al frente de la Dirección de Bienes Nacionales, al tiempo que advirtió que este tipo de acciones lacera las garantías fundamentales del ordenamiento jurídico dominicano.
La decisión del referido tribunal exonera de responsabilidad penal al ex director de BN, quien renunció al cargo en el mes de octubre del año 2012, y a un grupo de ex funcionarios de ese organismo acusados de violar las disposiciones establecidas en los artículos 166, 167, 169, 170, 171, 172, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, que sancionan los crímenes de prevaricación, desfalco y asociación de malhechores, así como el artículo 146 de la Constitución de la República, el cual tipifica la proscripción de la corrupción.
“De manera sorpresiva, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, dictó  la sentencia No. 177, exonerando de responsabilidad penal a los imputados, al anular la Resolución No. 0586-TS-2013 de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que dicta auto de apertura a juicio en contra de los imputados Elías Wessin Chávez, Elvin Leonor Arias Morban y José Jacobo de León Garrido, tomando en ese sentido una decisión que lacera garantías fundamentales como el principio de legalidad procesal, de taxatividad de los recursos y de separación de funciones”, señaló la titular de la PEPCA. 
Al mismo tiempo, agregó: “no era de extrañar, pues, anteriormente, la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia, el pasado 26 de febrero, había dictado la Resolución No.531-2014, declarando admisible los recursos de casación de los imputados del caso de Bienes Nacionales, en franca violación a principios y garantías cardinales a la luz de nuestra Constitución y del Código Procesal Penal dominicano”, enfatizó Laura Guerrero.
En ese tenor, indicó que el Código Procesal Penal Dominicano establece que la decisión de apertura a juicio no es susceptible de recurso alguno, “y en esa virtud el artículo 303 de dicha norma señala que esta resolución no es susceptible de ningún recurso”.
Dijo además que el artículo 393 consagra el principio de taxatividad de los recursos, el cual dispone que las decisiones judiciales solo son recurribles por los medios y en los casos expresamente establecidos en dicho Código.

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