Así reportó la Agencia Francesa de Noticias fallo TC dominicano sobre CIDH

Así reportó la Agencia Francesa de Noticias  fallo TC dominicano sobre CIDH

El Tribunal Constitucional declaró ayer inconstitucional el Instrumento de Aceptación de la Competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), firmado el 19 de febrero de 1999 por el entonces presidente de la República Leonel Fernández Reyna.

El fallo contenido en la sentencia 0256-14, establece que la aceptación de competencia de la CIDH, para ser vinculante al país debió ser aprobada por el Congreso Nacional.

De inmediato, la noticia comienza a tener eco en diversos medios internacionales. A continuación compartimos de manera íntegra el reporte de prensa de la Agencia Francesa de Noticias (AFP) sobre el tema.

Tribunal Constitucional de Dominicana desconoce adhesión a CIDH

SANTO DOMINGO, 05 Nov 2014 (AFP) – El Tribunal Constitucional de República Dominicana declaró sin validez la incorporación del país a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que días atrás condenó al Estado por deportaciones arbitrarias de inmigrantes haitianos y descendientes, informaron este miércoles.  

La alta corte decidió «declarar la inconstitucionalidad del instrumento de aceptación de la competencia de la CIDH suscrito por el presidente de la República el 19 de febrero de 1999», señala el fallo del Tribunal, emitido la noche del martes y publicado este miércoles.  

La decisión responde a un recurso de inconstitucionalidad presentado en 2005 por un grupo de abogados y políticos ultranacionalistas, que alegaban que el acto no contó con la aprobación del Congreso.  

Este fallo se produce luego de que el pasado 22 de octubre la CIDH condenó a República Dominicana por las detenciones y expulsiones sumarias de inmigrantes haitianos registradas de 1999 a 2000.  

«La aceptación de la competencia de la CIDH, para ser vinculante respecto al Estado dominicano, debió haber cumplido pues los requerimientos del artículo 37 numeral 14 de la Constitución de 2002», justificó el tribunal, que aprobó el fallo por 10 votos a favor y tres en contra.  

El citado artículo atribuye al Congreso la facultad de aprobar o rechazar los tratados y convenidos internacionales.   La sentencia ordena al Estado dominicano registrar y dar a los afectados documentos que acrediten su nacionalidad dominicana y tomar las medidas para que una víctima haitiana pueda residir y permanecer en forma regular en territorio nacional.  

El gobierno dominicano condenó ese fallo por considerarlo extemporáneo y sesgado y lamentó que no tomara en cuenta las medidas adoptadas por el Estado para regularizar el estatus de personas de origen haitiano que se vieron afectadas por un polémico fallo del Tribunal Constitucional, que rechaza la nacionalidad dominicana para los hijos de inmigrantes ilegales que hayan nacido en el país desde 1929.  

La CIDH ha condenado varias veces a República Dominicana por su rechazo a entregar documentos a hijos de extranjeros indocumentados, la mayoría haitianos trabajadores agrícolas.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas