ASOCIVU saluda decisión del Presidente por promulgación Ley 492-08

ASOCIVU saluda decisión del Presidente por promulgación Ley 492-08

La Asociación de Importadores de Vehículos Usados (ASOCIVU) agradeció la decisión del presidente Leonel Fernández de promulgar la Ley 492-08, mediante la cual se flexibiliza los trámites burocráticos para realizar los traspasos de venta de vehículos y fija en 300 pesos el pago del impuesto para tales fines.

La entidad consideró que esa medida junto a la reducción en la tasa de interés dinamiza al sector de importación y venta de vehículos en el país.

ASOCIVU entiende que con la promulgación de la ley 492-08 se agilizarán las operaciones para la adquisición de un vehículo. «Eso constituía un problema para nosotros los dealers de vehículos nuevos y usados, y  un obstáculo para  muchos propietarios de vehículos que no tienen sus documentos al día por lo tedioso y caro que era el adquirir el traspaso».

Recordó que anteriormente los trámites burocráticos que había que dar para conseguir el traspaso de un vehículo eran buscar una certificación en el Plan Piloto y pagar el 2% del valor del vehículo establecido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Puso como ejemplo que un vehículo valorado en RD$400.000 tenía que pagar RD$8,000 para el traspaso, ahora en un día obtiene el documento y solo tiene que pagar RD$300.

En lo adelante las personas físicas o morales que mediante firma privada traspasen un vehículo podrán realizar la misma mediante la presentación en la Dirección General de Impuestos Internos presentando el acto de transferencia debidamente legalizado y registrado, una copia de la matrícula y copias de las cédulas e identidad del vendedor y el comprador, más el pago de un impuesto de RD$300.

El artículo 4 de la presente ley precisa que Impuestos Internos no acepta la renovación de la placa, ni la inscripción de ninguna oposición de garantía, sobre el referido vehículo, hasta tanto el adquiriente del mismo no haya satisfecho el pago de los impuestos correspondientes a la transferencia del mismo, o lo que es lo mismo, no haya puesto el vehículo a su nombre.

En uno de los considerando de la presente ley se precisa que han sido muchos los compradores de vehículos bajo la modalidad de venta condicional que han sido defraudados, por algunos vendedores que al declararse en quiebra, dejan comprometidos los certificados adquiridos por los compradores.

Respecto a la baja que ha sufrido la tasa de interés para el financiamiento de un vehículo, ASOCIVU consideró que la misma debe reducirse más.

Sugiere que se establezca una tasa en los niveles que se encontraba en el 2008 de un 12 y un 13% anual. 

Publicaciones Relacionadas