Asonahores confía tribunal acatará legislación laboral

Asonahores confía tribunal acatará legislación laboral

La Asociación Nacional de Hoteles y Turismo (Asonahores) explicó que la decisión del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la propina legal que se paga en los restaurantes no aborda todavía el fondo de la cuestión planteada, y expresó que confía en que la corte acepte el criterio establecido por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y el Ministerio de Trabajo en el sentido de que este beneficio existe en favor de todos los trabajadores de estos establecimientos y sólo excluye a los empleados administrativos.
Asonahores solicitó a la corte revocar una decisión administrativa de la Dirección de Defensa del Consumidor, que obliga a los restaurantes a no incluir la propina legal en los alimentos que entregan los “delivery” y aquellos que los clientes adquieren para llevar y no consumen en el local del restaurante (“takeout”). Además, pidió que mientras se lleve a cabo el proceso deje sin efecto (medida cautelar) la aplicación de esta resolución.
El TSA al conocer la medida cautelar, antes de ir al fondo de este tema, aceptó dejar sin efecto la prohibición de incluir la propina para los “delivery”, pero la mantuvo para los “takeout”. Asonahores emitió una declaración de prensa en la que mantiene su posición en defensa de este ingreso establecido por la ley para favorecer a todos los trabajadores de los restaurantes, y no sólo para los que atienden a los clientes directamente en los bares y las mesas.

“Confiamos en que al abordar el fondo de la demanda en la que participan Asonahores y trabajadores de restaurantes, el TSA asumirá lo que establece el Código de Trabajo y su reglamento de aplicación y la Suprema Corte de Justicia”, dice la patronal turística.

Asonahores recordó que el Código de Trabajo y el reglamento vigente, al igual que la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, son contrarios ala posición de Proconsumidor, que desde enero del 2016 pretende establecer de manera unilateral y por resolución administrativa, que “el diez por ciento (10%) de propina legal” solo debe ser “exigido cuando el acto de consumo se realice dentro del mismo establecimiento y no en los casos de servicios de “delivery” o “takeout”.

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