El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), y la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), implementarán desde este viernes el uso de los alcoholímetros, para regular que los conductores no transiten en estado de embriaguez en las vías.
La entidad recuerda que ley 63-17 del artículo 256 prohíbe a los conductores de vehículos ingerir bebidas alcohólicas mientras transitan por las vías públicas o conducir en estado de embriaguez.
Las personas que incurran en la violación a esta disposición serán sancionadas con una multa equivalente de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos de la licencia que determine el reglamento, sin perjuicio de las disposiciones relativas a la suspensión y cancelación de la licencia de conducir.
Sobre el alcoholemia (artículo 258)
Se considerará ilegal conducir un vehículo de motor por las vías públicas cuando el grado de alcoholemia sea superior a 0.5 gramos por litro (gr/1) en la sangre o 0.25 miligramos por litro (mgr/1) en el aire espirado, según resulte de la alcoholimetría realizada por los agentes de la DIGESETT.
Cuando sea el caso de conductores de vehículos destinados al transporte público de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades, y de carga; o sean portadores de un permiso de aprendizaje, el grado de alcoholemia deberá ser de 0.0 gramos de alcohol por litro de sangre o 0.0 miligramos por litro (mgr/1) en el aire espirado.
Quienes conduzcan motocicletas no deberán conducir con más de 0.2 gramos de alcohol por litro de sangre o 0.1 miligramos por litro (mgr/1) en el aire espirado, según resulte de la alcoholimetría realizada por los agentes de la DIGESETT.
Las pruebas del alcoholímetro serán efectuadas sobre conductores y peatones que deberán espirar sobre el instrumento, con el propósito de detectar la presencia de alcohol en la respiración y determinar el grado consumido.
Cuando la prueba del alcoholímetro resulte positiva, el agente de la DIGESETT podrá mantener bajo vigilancia al conductor hasta por cuatro (4) horas.
Sin embargo, el conductor podrá marcharse inmediatamente si se presenta un familiar o relacionado que se responsabilice de llevarlo a su destino.
Prueba del alcoholímetro (artículo 259)
Las pruebas del alcoholímetro serán efectuadas sobre conductores y peatones que deberán espirar sobre el instrumento, con el propósito de detectar la presencia de alcohol en la respiración y determinar el grado consumido.
Cuando la prueba del alcoholímetro resulte positiva, el agente de la DIGESETT podrá mantener bajo vigilancia al conductor hasta por cuatro (4) horas.
Sin embargo, el conductor podrá marcharse inmediatamente si se presenta un familiar o relacionado que se responsabilice de llevarlo a su destino.
Sobre el proyecto
La operatividad contempla la capacitación de unos 40 agentes de la Digesett, que estarán siendo entrenados por un especialista internacional en el uso de los instrumentos Alco-Sensor VXL, Point of Arrest y Alco-Sensor FST, utilizados para medir los niveles de alcohol en la sangre.
Al referirse al tema, el director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, indicó que con la implementación de los alcoholímetros se busca prevenir los accidentes de tránsito,para poder así,salvar vidas.
Morrison agregó, que esta iniciativa llega en momentos en el que se realizan encuentros con diferentes actores de la sociedad para consensuar un gran Plan Nacional por la Seguridad Vial, impulsado por el presidente Luís Abinader.
En tanto que, el director de Digesett,General Francisco Osoria de la Cruz,manifestó que el interés principal es lograr buenos resultados y que capacitarán a sus mejores agentes para ponerlos al servicio de la ciudadanía.
La activación del piloto de retén de alcoholimetría está pautado para el próximo viernes 25 de octubre, en horario de 9:00 de la noche a 4:00 de la mañana, en el Distrito Nacional.