Ayuntamientos Juveniles e Infantiles, una respuesta social al derecho a la participación

Ayuntamientos Juveniles e Infantiles, una respuesta social al derecho a la participación

De acuerdo a la Constitución dominicana, promulgada en 2010, en su artículo 56, el Estado tiene el compromiso de «promover la participación activa y progresiva de los niños, niñas y adolescentes en la vida familiar, comunitaria y social», por lo que hay que preguntarse si las autoridades gubernamentales impulsan y adoptan las medidas necesarias para garantizar el derecho que tienen los niños y las niñas.

La representante del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), María Jesús Conde Zabala, afirma que la prerrogativa a la que los niños y niñas del país tienen menos acceso indiscutiblemente es el derecho a la participación, consagrado en el artículo 12 de la Convención de los Derechos del Niño.

«Los Estados partes garantizarán al niño y niña que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño y niña, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez», dicta el referido artículo.

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Representante de UNICEF en República Dominicana, María Jesús Conde Zabala. Fuente externa.

¿Qué dice la leyMientras que el Código para la protección de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, vigente en República Dominicana, Ley 136-03, establece en su artículo 16 que: «Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a expresar libremente su opinión, ser escuchados y tomados en cuenta, de acuerdo a su etapa progresiva de desarrollo».

En el párrafo número uno agrega que este derecho se extiende a todos los ámbitos en que se desenvuelven los niños, niñas y adolescentes: estatal, familiar, comunitario, social, escolar, científico, cultural, deportivo y recreacional.

Además, en su párrafo dos señala que se garantiza a todos los niños, niñas y adolescentes el ejercicio personal y directo de este derecho, especialmente en todo procedimiento administrativo o judicial que conduzca a una decisión que esté vinculada a la garantía de sus derechos e intereses.

Y más, el punto dos precisa que con tal fin, se dará al niño y la niña la oportunidad de ser escuchados, en todo procedimiento judicial o administrativo que les afecte, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.

Se necesita mayor inclusión. No obstante, es difícil ver que los niñas y niñas dominicanos y dominicanas sean consultados en temas de interés nacional y de gran repercusión social, realidad que está tratando de cambiar UNICEF con el programa Ayuntamientos Juveniles e Infantiles (AJIs), iniciativa que se activó como una respuesta local al derecho a la participación que tiene cada niña, niño y adolescente, como se establece en la convención.

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Los Ayuntamientos Juveniles e Infantiles tienen presencia a 16 municipios del país. Infografía/Cristal Acevedo.

Según datos ofrecidos por la unidad que coordina el proyecto “Expansión de Ayuntamientos Juveniles e Infantiles” de la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU), los AJIs tienen presencia en Azua, Bani, San José de Ocoa, Tamayo, Jimaní, Poster Rio, La Descubierta, Sabana Larga, Sabana de la Mar, Moca, Jarabacoa, Peralta, Villa Altagracia, Villa González, Yaguate y Guaymate.

Conde Zabala explica que la experiencia de los ayuntamientos juveniles es muy hermosa, debido a que los alcaldes de las localidades donde tienen incidencia, se involucran en el proyecto.

«Ellos presentan un programa político y luego se somete a votación y el ayuntamiento les entrega los recursos para la ejecución de la obra», indica al referirse a la forma en que los niños, niñas y adolescentes gestionan el proyecto.

«A diferencia de los adultos rinden cuentas al ejecutar sus obras», resalta con una sonrisa Conde Zabala.

Orígenes de la propuesta. Pero, ¿Cuál es el origen de esta iniciativa? Según la Guía Ayuntamientos Juveniles e Infantiles, la idea surgió en 1998 cuando un grupo de jóvenes de Pedro Santana, entrenados en animación socio cultural le propusieron a su ayuntamiento que les permitiera gestionar una partida de los recursos del cabildo.

Pero es en el 2004 cuando UNICEF, como parte de la iniciativa Municipios Amigos de la Niñez, decide implementar esta propuesta en municipios cuyas autoridades fueran las primeras en mostrar interés en participar.

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La guía explica que la función de un Ayuntamiento Juvenil e Infantil es generar proyectos que beneficien a la niñez y a la adolescencia del municipio donde opera, y agrega que para lograr esto deben colaborar con las autoridades municipales, gubernamentales y organizaciones no gubernamentales.

Esto significa que el ayuntamiento tiene que escuchar las preguntas, necesidades e ideas de los niños, niñas y adolescentes a través de conversaciones personales, así como de las solicitudes o peticiones que recibe.

Actividades que realiza. Dentro de las actividades organizadas por los Ayuntamientos Juveniles e Infantiles existentes se destacan:

•Apoyo a una jornada de declaración tardía organizada en colaboración con la Fiscalía de niños/as y adolescentes.

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Cada comisión se reúne para
desarrollar propuestas de actividades y realizar una propuesta
escrita. Cuadro obtenido de la Guía de Ayuntamientos Juveniles e Infantiles.

• Creación de bibliotecas infantiles en bateyes.

• Censo de la población que vive en tres bateyes.

• Participación en la preparación de un plan de desarrollo
municipal a 15 años.

• Participación en la puesta en circulación del Informe Nacional
de Desarrollo Humano para la población juvenil.

• Petición para que se entreguen nuevas butacas y se arregle
una escuela multigrado en una zona rural alejada.

Pero además de estas actividades, los Ayuntamientos Juveniles e Infantiles dedican recursos para formar niños, niñas y adolescentes, dirigiéndose hasta escuelas y hospitales donde realizan:

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Los Ayuntamientos Juveniles e Infantiles conforman
Comisiones de Gestión Temáticas que se basan en las
grandes áreas de derechos consagradas en la Convención de
los Derechos del Niño (CDN). Cuadro obtenido de la Guía de Ayuntamientos Juveniles e Infantiles.

• “Sala de Tareas”: clases especiales para apoyar a
estudiantes de escuelas públicas.

• Charlas sobre derechos de la niñez y cuidado
de la salud, dirigidas a niños/as y adolescentes
en escuelas y barrios.

• Decoración de la sala de espera de pediatría
del hospital provincial, con fondos recaudados
mediante una feria juvenil.

Avances. Pero esta participación no ha quedado ahí.

Según la segunda edición de la guía, los Ayuntamientos Juveniles e Infantiles tuvieron la oportunidad y la responsabilidad de participar activamente en el proceso de revisión constitucional que culminó en 2010 con la proclamación de la Constitución de la República Dominicana, lo que evidencia que la implementación de este proyecto se puede evaluar como un paso de avance en la garantía del derecho a la participación de los niños, niñas y adolescentes del país.

Ahora solo resta esperar que esta iniciativa, la cual ya tiene más de una década tomando vida, sea implementada por las autoridades y todos los municipios de la República Dominicana sean sembrados de Ayuntamientos Juveniles e Infantiles, para cosechar un país resultado del consenso y la participación colectiva, pero incluyente.

Con este video te explicamos mejor en qué consiste el derecho a la participación de los niños, niñas y adolescentes:

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