El imputado Blas Peralta, principal acusado de asesinar al ex rector Mateo Aquino Febrillet, presentó a través de sus abogados un recurso de apelación en el que pide al tribunal una variación en los tipos penales de asesinato por el de homicidio involuntario, con el fin de que la condena oscile entre tres meses y dos años de prisión.
«Que esta Corte tenga a bien en cuento a Mateo Aquino Febrillet variar la calificación jurídica al señor Blas Peralta Peralta de violar los artículos 295, 296, 297 y 302 del Código Penal, por la violación al artículo 319 del Código Penal», precisa el recurso de apelación presentado por el abogado Francisco Taveras.
Asimismo, en cuanto a Eduardo Andrés Montás Lorenzo, testigo presencial de la muerte de Aquino Febrillet y a quien presuntamente iba dirigida la agresión, propuso en lugar de la violación a los artículos 2, 295, 296, 297 y 302 del cual se le acusa, sea variado por el de violación al artículo 321 del Código, que precisa que el homicidio, heridas y golpes son excusables, si es precedida inmediatamente de una provocación, amenaza o violencias graves de parte del ofendido.
En tanto que en sus artículos 295 y 296, establece que el que voluntariamente mata a otro, se hace reo de homicidio; y que el homicidio cometido con premeditación o acechanza, se califica de asesinato. Además, en su artículo 302 precisa que por la violación a estos artículos se castigará con la pena de 30 años.
En cambio, señala que en el caso de la violación al artículo 319, petición que realizó el abogado de Peralta, establece: «El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinte y cinco a cien pesos».
Otras peticiones. El recurso presentado por Peralta también pide a los jueces rechazar la constitución en parte civil de la señora Rita Yomaris Solis Tejada, por ésta presuntamente no haber probado su vínculo matrimonial con el asesinado ex rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).
Asimismo, excluir el informe técnico pericial hecho por la policía científica de la Policía Nacional, referente a la intercepción de llamada, así como la transcripción de intercepción de comunicaciones telefónicas de la escucha, por no haber sido recogida en apego a las normas vigentes, «toda vez que al ser editada en su sonido, lo que genera duda en su autenticidad e inalterabilidad.
Además, revocar la resolución que envía a juicio de fondo al imputado, dictada por el Sexto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, y en consecuencia, proceda a dictar decisión propia, ordenando realizar una experticia al audio y a la transcripción de intercepción de comunicación telefónica y su escucha, a los fines de determinar si ha sido editada, su conexión y legalidad frente al proceso.
Retardar el proceso. El abogado de la familia de Aquino Febrillet, Danilo Lapaix, aseguró que el recurso presentado por Peralta busca retrasar el proceso en la fase de juicio, tras indicar que de antemano el abogado del inculpado sabe que será declarado inadmisible por ser improcedente en derecho.
Lapaix señaló que los imputados saben que » las pruebas en su contra son pertinentes y obtenidas de manera legal, porque se ha respetado el debido proceso».
«Saben que serán condenados y por eso piden variación en los tipos penales de asesinato por homicidio involuntario, que implícitamente están reconociendo que Blas Peralta fue quien disparó contra Mateo Aquino Febrillet, tal como lo demuestran las pruebas», aseguró.