Cabildo impone controversial
arbitrio a ventas de empresas

Cabildo impone controversial<BR>arbitrio a ventas de empresas

POR MARIO MÉNDEZ
La sala capitular del Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste, a solicitud del síndico Francisco Peña Tavárez, dispuso imponer un controversial arbitrio de uno por ciento sobre las ventas brutas de las empresas e industrias fabricantes de cervezas, ron, plásticos, hormigón, cementos, productos químicos, cigarrillos, distribuidores de gas, gasolina, aceites y lubricantes.

Se considera que es alto un impuesto de uno por ciento a las ventas brutas, ya que no están deducidos los gastos.

Entre los argumentos expuestos por la Sala Capitular para tomar la medida, está el de que las empresas gravadas «no están cumpliendo con las atribuciones legítimas de aportar los impuestos de tasa por servicios que corrobore al desarrollo de este municipio».

Sin embargo, este arbitrio ha sido cuestionado porque se entiende que se trata de un impuesto, por lo cual desborda la facultad legal de la Sala Capitular.

Los impuestos deben ser aprobados por el Congreso Nacional. Las empresas e industrias señaladas pagan el Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados (ITBIS), ingresos que van al presupuesto nacional.

En el presupuesto nacional hay consignado un subsidio para los ayuntamientos, por lo cual se entiende que el impuesto señalado duplicaría la penalización a las industrias Además, resulta cuestionable que ese impuesto haya sido aplicado de manera discriminatoria, ya que no abarca al resto de las empresas e industrias que operan en Santo Domingo Oeste.

La Constitución de la República establece que no se deben aplicar impuestos discriminatorios. Además, se plantea que muchas de las empresas que operan en la jurisdicción del Ayuntamiento del Santo Domingo Oeste podría trasladarse a la jurisdicción de otros cabildos que no aplican ese gravamen. Un impuesto a las ventas sería transferido a los consumidores de todo el país, no sólo a los que residen en Santo Domingo Oeste, lo cual se considera un absurdo ya que el impuesto gravaría a ciudadanos que no residen en el área de jurisdicción del señalado cabildo.

Otra cosa sería, según se explicó, si se aplicara un impuesto específico a todas las empresas los servicios que ofrece el Ayuntamiento Santo Domingo Oeste. La resolución en que la Sala Capitular de ese cabildo establece el señalado arbitrio fue adoptada el 15 de marzo, tras haber recibido una solicitud en ese sentido del síndico el 1 de noviembre del 2006.

El cuerpo edilicio entiende que varias de las empresas a las cuales se les aplicaría el arbitrio «causan daños en los siguientes ámbitos:al ambiente, a las vías públicas y en definitiva al ser humano de manera directa».

Además, la Sala Capitular considera que el arbitrio es viable y factible. La resolución fue remitida el 20 del pasado mes de marzo al director de Impuestos y Rentas del cabildo, Guadalupe Hidalgo, para que sea aplicada.

Remitieron la resolución el presidente del Ayuntamiento, Felipe Santiago Brito Soto, y el secretario, Apolinar Rodríguez.

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