Caso Calamar | ¿Cuáles acuerdos suscribió el fallecido director de Bienes Nacionales?

Caso Calamar | ¿Cuáles acuerdos suscribió el fallecido director de Bienes Nacionales?

El Ministerio Público aseguró que el fenecido Emilio César Rivas Rodríguez, en representación de la Dirección General de Bienes Nacionales, suscribió varios acuerdos para pagos de expropiaciones a sabiendas que los mismos no cumplían con los requisitos legales y que sirvieron de instrumentos para la distracción de fondos del patrimonio público.

De acuerdo a lo establecido por el órgano persecutor en su expediente de solicitud de medida de coerción contra los exfuncionarios implicados en la Operación Calamar, entre estos pacto se encuentran el que firmó en fecha 06 de febrero del año 2019 con los sucesores de Agustín Reyes O Ben, donde acordó pagarle la suma de quinientos quince millones trescientos cuarenta y seis mil trescientos pesos (DOP 515,346,300.00), con cargo al presupuesto de ese año, de la Dirección General de Bienes Nacionales, lo cual se haría efectivo en dos partidas.

«La primera ascendente a la suma de doscientos sesenta y seis millones de pesos (DOP 266,000,000.00), a la firma del contrato, y el otro por el saldo, en el segundo trimestre del año«, explica el documento.

El Ministerio Público indica que los fondos de la primera partida del pago establecido quedaron distribuidos de la siguiente manera: la suma de cincuenta y un millones setenta y seis mil quinientos tres pesos (DOP 51,076,503.00) a favor de Fabio Martin Caminero; la suma de tres millones quinientos nueve mil setecientos catorce pesos con 67/100 (DOP 3,509,714.67) a favor de Norberto Yamyr Rondón Reyes; la suma de dos millones seiscientos veinticinco mil setecientos ochenta y cuatro pesos con 33/100 (DOP 2,625,784.33) a favor de Ángel Lockward.

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Asimismo, agrega que se entregó la suma de treinta y cuatro millones ochocientos veinticinco mil setecientos sesenta pesos (DOP 34,825,760.00) a favor de Ángel Lockward & Asociados, S.R.L.; la suma de un millón quinientos mil pesos (DOP 1,500, 000.00) a favor de Joar Emir Ortiz; la suma de seis millones setecientos treinta y ocho mil cuatrocientos cuarenta pesos (DOP 6,738,440.00) a favor de Reyes Jaime Escotto, Altagracia Jaime Escotto, Víctor Escotto, Leoncio Jaime Escotto, Cecilio Escotto y Virgilio Escoto ( a cada uno).

Mientras que la suma de veinte millones doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta pesos (DOP 20,244, 640.00) se despachó a favor de Isabel Reyes, y la suma de ciento once millones setecientos ochenta y seis mil novecientos cincuenta y ocho pesos (DOP 111, 786, 958.00) a favor de Constructora Ovajor, SRL., para un total de doscientos sesenta y seis millones de pesos (DOP 266,000,000.00).

El expediente aduce que aproximadamente la mitad de los fondos públicos entregados, tanto en el primer como en segundo pago efectuado por la Dirección General de Bienes Nacionales a los sucesores de Agustín Reyes O Ben, terminaron en manos de cesionarios por concepto de supuestos préstamos.

«Entre estos la entidad Constructora Ovajor, S.R.L., la cual fue favorecida con la suma de ciento once millones setecientos ochenta y seis mil novecientos cincuenta y ocho pesos (DOP 111,786,958.00) en la distribución del primer pago; la entidad Vectra Consulting, S.R.L., recibió la suma de noventa y un millones novecientos cincuenta y cinco mil quinientos noventa y ocho pesos con 46/100 (DOP 91,955, 598.46); razones sociales estas pertenecientes a la estructura de Fernando Crisóstomo, a través de los prestanombres José Andrés Familia y Efraín Santiago Báez Fajardo».

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Mientras que -según el MP- Ángel Gilberto Lockward Mella, tanto a título personal, como a través de la razón social Ángel Lockward & Asociados, S.R.L., y de abogados asociados a su firma, entre honorarios y cesiones de créditos fraudulentas por concepto de préstamos ficticios, se beneficiaron con la suma de sesenta y seis millones quinientos veintiún mil ciento noventa y cuatro pesos (DOP 66,521,194.00), para un total de doscientos setenta millones doscientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta pesos con 46/100 (DOP 270,263,750.46).

Sostiene que entre el 14 de enero y el 10 de febrero del año 2020, Emilio César Rivas Rodríguez, actuando supuestamente en representación de los intereses del Estado, suscribió tres acuerdos transaccionales con los supuestos continuadores jurídicos de Manuel Reyes O Ben, Benardino Mercedes, Generosa Reyes O Ben, Florencia Reyes, Agustina Reyes, Evarista Pérez Reyes, Pablo Reyes, Oliverto Reyes Lora, Domingo Reyes Mosquea y Moisés Reyes O Ben, mediante los cuales adquirió los terrenos indivisos e intransferibles de los inmuebles antes señalados, cuyo derecho de propiedad se encuentran amparados en Cartas Constancias.

Sobre Operación Calamar

En la Operación Calamar, ejecutada el pasado sábado, fueron realizados 40 allanamientos distribuidos en el Distrito Nacional, la provincia Santo Domingo, San Pedro de Macorís y La Romana, logrando el arresto de 20 personas.

En la ejecutoria de estos allanamientos y arrestos participaron 40 fiscales, decenas de técnicos de diferentes unidades de investigación, 300 miembros de la Policía Nacional y un amplio equipo de apoyo administrativo.

Entre los arrestados se encuentran, el exministro de Hacienda, Donald Guerrero; ex ministro administrativo de la presidencia, José Ramón Peralta; exministro de Obras Públicas Gonzalo Castillo; ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.

Asimismo, están arrestados Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir Fernández de Paola, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación, Ana Linda Fernández, Ángel Lockward, Aldo Antonio Gerbasi, Ramón David Hernández, Víctor Matías Encarnación y Rafael Parmenio Rodríguez Encarnación.

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La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los arrestados en el caso Calamar, incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.

También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

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