Cámara declara inadmisible apelación a acuerdo

Cámara declara inadmisible apelación a acuerdo

La Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional declaró ayer inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el exdiputado peledeísta Manuel Jiménez contra el acuerdo de oportunidad firmado por la Procuraduría General de la República y el consorcio brasileño Odebrecht.
Jiménez recurrió la resolución 059-2017 –SRES-000 98-RP dictada el 19 de abril por el Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional que homologó el acuerdo. Argumentó que es improcedente porque lesiona el bien público.
Sin embargo, el tribunal justificó la inadmisibilidad del recurso y afirmó que el acuerdo de marras no es susceptible de ser atacado, conforme a lo establecido en el artículo número 246 del Código procesal Penal.
Ese artículo expresa que “Toda decisión que pone fin a la persecución penal, archive o resuelva alguna cuestión incidental, se pronuncia sobre las costas procesales”.
Con el acuerdo firmado el 16 de marzo, el consorcio brasileño asumió resarcir al Estado dominicano con US$184 millones, equivalentes al duplo de los US$92 millones que pagó como sobornos a funcionarios y a legisladores e intermediarios para que le facilitaran contratos de obras en el país; así como informaciones sobre ese ilícito, entre otras cosas.
Jiménez entiende que las autoridades no debieron llegar a ese tipo de pacto con el consorcio.

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