Cancillería desautoriza a  la embajadora en Taiwán

Cancillería desautoriza a  la embajadora en Taiwán

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana desautorizó ayer la imposición de los nuevos requisitos  establecidos por la Embajada Dominicana en la República de China en Taiwan para las importaciones y exportaciones desde y hacia el país, por considerarlos como una traba al comercio.

“Le instruimos dejar sin efecto cualquier disposición que implique nuevos procedimientos de registro y cobros de tasas, y que pueda ser interpretada como  una violación a las normativas vigentes para el intercambio comercial.   Cualquier cambio debe ser previamente notificado y aprobado por el Ministerio de Relaciones Exteriores”, explicó.        

La Cancillería  planteó   que los requisitos tales como; certificado de origen, declaración de componentes químicos y la solicitud de legalización  y traducción al español, representan una contraposición a las nuevas normativas vigentes en materia de facilitación de comercio y eliminación de obstáculos.

En una carta firmada por el viceministro de Relaciones Exteriores, Cesar Dargán Espaillat, dirigida a la Doctora Rafaela Albuerquerque, embajadora Dominicana ante la República de China, Taiwán, la Cancillería recordó que  el acuerdo general sobre aranceles Aduaneros y Comercio de la Organización Mundial del Comercio, estipula en su artículo VIII la obligación de reducir al mínimo la complejidad de  las formalidades para la exportación y la importación.  “Específicamente los derechos, cargas, formalidades y prescripciones impuestas por autoridades gubernamentales.

      Explica que el   Tratado de Libre Comercio  entre Estados Unidos, Centroamérica y la República Dominicana (DR-CAFTA), dispone en su Capítulo 5, artículo 5,2, las disposiciones relativas a la administración aduanera, facilitación de comercio y despacho de mercancía.

   “En caso de adoptar medidas como las señaladas, se estaría imponiendo un procedimiento aduanero antes de que la mercancía llegue a territorio dominicano, es decir, que el procedimiento comenzará antes del embarque y constituiría una traba al comercio”, plantea el documento.  Y agrega, “más aún, es a la Dirección General de Aduanas a quien  corresponde realizar las verificaciones documentales”.

   De manera específica el artículo 20 de la Ley 226-06 otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa y técnica a la Dirección General de Aduanas, y elimina el papel activo de los consulados Dominicanos en las transacciones comerciales internacionales, incluido el uso de factura consular.

Recientemente la Embajadora Dominicana en la Republica China de Taiwán,  dispuso que  todas las embarcaciones con productos de esa nación  debían presentar ante el consulado dominicano: certificado de origen, conocimiento de embarque o guía aérea, certificado fitosanitario, y otros requisitos.

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Los navieros

El Presidente de la Asociación de Navieros,  Teddy Heinsen,  agradeció la rápida intervención y solución a los nuevos requisitos que  había impuesto la  embajadora Dominicana en la República China de Taiwan.  Y agradeció asimismo la  receptividad de la diplomática.    Heinsen abogó porque los consulados sean convertidos en verdaderos instrumentos de promoción de las  exportaciones y negocios, con miras a tener mayor nivel de cuota en el comercio internacional. Indicó además que la facilitación del comercio del país debe convertirse en tema prioritario en las agendas de las instituciones públicas y privadas.

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