Presidente del CARD sobre caso de Chantal: “El Ministerio Público actuó de manera cuestionable”

Presidente del CARD sobre caso de Chantal: “El Ministerio Público actuó de manera cuestionable”

Miguel Surún Hernández

El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) , Miguel Surun Hernández, consideró que el Ministerio Público actuó de “manera cuestionable” en el caso de la comunicadora Chantal Jiménez, asesinada por su expareja, quien luego se suicidó.

“No hay forma posible de explicar, que, ante un hecho de violencia intrafamiliar grave, el Ministerio Público no solamente ponga en libertad al agresor, sino que, además, siquiera se tome la molestia de retirarle su arma de fuego”, analizó el jurista.

Al ser entrevistado en el programa No se diga Más, que se difunde de lunes a viernes, de 7:00 a 9:00 de la mañana, por Top Latina 101.7 fm, Surun Hernández explicó que el protocolo de violencia intrafamiliar establece como prioridad, la protección de la víctima de manera definitiva, en aplicación al artículo 226 de Código Procesal Penal.

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Chantal
Chantal

Dijo, además, que ese tema es para imponer prisión preventiva para garantizar la presencia del imputado en cada una de las etapas del proceso y garantizar la seguridad de la sociedad y de las víctimas.

“En este caso (el de Chantal) estamos hablando que esa persona (su verdugo) estuvo detenida entre lunes y martes de la semana pasada y que el Ministerio Público, a la luz de un supuesto desistimiento, que no tiene ningún tipo de efecto en cuanto a la acción pública, lo soltó y dos días después, los dos están muertos”, sostuvo.

En ese sentido, analizó que hay dos razones por las cuales un funcionario del MP, como un juez, puede ser sometido a juicio disciplinario y puede ser destituido: el dolo, emitir una decisión por dinero o por influencia o que sus actuaciones se realicen con un alto grado de negligencia e irresponsabilidad que cause grosero.

Manifestó que el caso de Chantal obliga al MP abrir una investigación y de confirmarse que hubo un incidente previo de arma de fuego, que no se le retiró el arma, se debe poner una sanción.

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