Cartas al Director

Cartas al Director

Señor director:
La sociedad dominicana tiene dentro de sus prioridades el combate del flagelo de la corrupción y la delincuencia organizada. Pues la corrupción sea orquestado en todas las instituciones del Estado, sean estas autónomas o no.

Constituye una vergüenza nacional e internacional que regidores en componenda con funcionarios de la Junta Central Electoral se hayan constituidos en banda y asociación de malhechores para la falsificación de actas de nacimientos y la instrumentación de matrimonios ilegales para el tráfico de personas. Pues lo más interesante de esto es que este descarado hecho ocurra ante la mirada indiferente de los miembros de la Junta Central Electoral: hasta el extremo de impedírsele al Procurador Fiscal del Distrito Nacional realizar la investigación correspondiente; no obstante estar facultado por la ley 659 sobre actos del Estado Civil en su artículo 37 que dispone: “Que el Procurador Fiscal está facultado para vigilar las Regiones del Estado Civil, sin necesidad de pedirle autorización al Presidente de la Junta Central Electoral, solamente le dará cuenta al Presidente en casos de faltas o de delitos cometidos por los oficiales del Estado Civil”.

Sin embargo, no obstante al derecho que tiene el Procurador Fiscal a investigar todo hecho que contravenga la Ley Penal el Presidente de la Junta Central Electoral al igual que otros miembros, mantienen una polémica innecesaria y poco ética en contra de este funcionario cuando en realidad debieran abrirle las puertas de todas las Oficialías del Estado Civil para que a través de una profunda investigación determine la existencia de cualquier anomalía o acto de corrupción.

Me parece que a la Junta Central Electoral no le interesa que la sociedad dominicana conozca la realidad de las Oficialías del Estado Civil, pues estos funcionarios llamados Oficiales del Estados Civil anteriormente eran designados por el Presidente de la República Dominicana; hoy son designados por la Junta Central Electoral.

Dentro de las funciones de las Oficialías del Estado Civil se encuentran:

a) Recibir e instrumentar todo acto concerniente al Estado Civil; es decir, la celebración de matrimonio, declaración de nacimiento, la transcripción de las actas de nacimientos de un dominicano nacido en el extranjero, etc.

b)  Custodiar y conservar los registros y cualquier documento en relación con los mismos;

c) Expedir copias de las actas de Estado Civil y de cualquier documento que se encuentre en su archivo;

d) Expedir los extractos y certificados de los actos relativos al Estado Civil.

Es importante que la sociedad dominicana conozca que los oficiales del Estados Civil por estos servicios cobran cuantiosas sumas millonarias sin ningún criterio, ya que la Junta Central Electoral por conveniencia propia no les tienen sueldos asignados. He conocido personalmente a Oficiales del Estado Civil que mensualmente generan por esos servicios la suma de un millón quinientos mil pesos (RD$1,500,000.00).

Nosotros entendemos que el problema no solo es investigar y someter a la justicia a los Oficiales del Estado Civil que hayan cometidos tales infracciones. El problema es más profundo, pues los miembros de ese organismo estatal han repartidos esos cargos entre testaferros al servicio de ellos, por lo que necesariamente también los miembros de ese organismo tendrán que ser investigados, por ser parte del problema.

Al concluir quiero señalar que a pesar que la Junta Central Electoral tiene una propuesta tendente a modificar la situación de las Oficialías del Estado Civil para que a los mismos se les asigne un sueldo mensual, no han mostrado ningún interés en la referida propuesta, por lo que la sociedad dominicana debe abrir en estos momentos un debate público para que los Oficiales del Estado Civil serán designados con otro criterio y que los ingresos que dejan dichas Oficialías sean fiscalizados por el Estado Dominicano y que los mismos perciban un sueldo.

También soy de opinión que la investigación penal no debe tener fronteras o personas preferibles, por lo que es necesario que la sociedad conozca con claridad las actuaciones de esos Oficiales del Estado Civil.

Atentamente,

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