Cartas al director

Cartas al director

[b]Señor director:[/b]

Tardíamente supe la lamentable noticia del fallecimiento, víctima de un padecimiento mortal, del comunicador Rafael Rodríguez, quien durante 20 años fue camarógrafo oficial, por Radio Televisión Dominicana, de los presidentes Joaquín Balaguer, Salvador Jorge Blanco, Leonel Fernández e Hipólito Mejía.

Los días finales de este esforzado compañero y amigo fueron signados por el desamparo de las instituciones a las que sirvió y a las que perteneció. Penoso y triste fue trabajador y cumplidor haya sido cancelado, estando enfermo, de Radio Televisión Dominicana, y que a la hora de su angustiante dolencia no contara siquiera con un aporte del canal oficial, ni del Palacio Nacional, ni de nadie más.

Rafael Rodríguez (San Cristóbal 1950-2004) no fue un simple camarógrafo, sino también un artista, y un rebelde ante las injusticias sociales. Era firme en la defensa de los principios, como lo comprobé durante el tiempo que laboramos juntos en el Palacio Nacional.

Rodríguez estudió literatura y cinematografía en centros de enseñanza nacionales e internacionales, y laboró en varios largometrajes.

Trabajó en Fílmica La Trinidad, escribió documentales y cortometrajes para la UASD; realizó la cinta El niño y la noche, La trata de blancas y Los campesinos en la ciudad. También publicó varias obras, entre ellas el Manual de ética del camarógrafo.

Quiera Dios que la viuda de Rodríguez, doña Lupe, reciba una compensación de Radio Televisión Dominicana, hoy CERTV, o del Palacio Nacional, porque su esposo aportó casi la mitad de su vida a esas dos instituciones. Paz a sus restos.

[b]Atentamente,[/b]

[b]Oscar López Reyes,[/b]

[b]Director de la Escuela de Comunicación[/b]

[b]De la Universidad Dominicana O&M.[/b]

[b]La Ley 1024[/b]

[b]Señor director:[/b]

La ley 1024 del 1928 le permite a cualquier persona constituir en provecho de otra, generalmente de sus hijos, un bien inmueble, como Bien de Familia Inembargable, esto con la finalidad de preservarle su futuro, en muchos casos porque existen hijos dilapidadores de fortunas y se hace necesario tener al alcance de la mano una institución que sirva para darle la protección que a veces ya no le es posible darle a ciertos seres queridos.

La ley que creó esta bella institución data de muchos años y aunque ha sido objeto de varias modificaciones, la parte más importante no se ha tocado y se mantiene inalterable lo cual la ha convertido en una Ley inoperante o letra muerta.

Se trata del valor que debe tener el bien a constituirse bien de familia, el cual no puede ser superior a los cien mil pesos (RD$100,000.00) valor este que cuando se votó la indicada ley, se consideraba una suma aceptable ya que una casa, un solar o finca agrícola en aquellos años, no alcanzaban esa suma, pero con la espiral inflacionaria que nos ha tocado soportar ya no podemos proteger a nuestros hijos con un Bien de Familia pues cualquier inmueble está por encima de este valor, con lo que ha quedado derogada de hecho la ley de Bien de Familia a espalda del legislador.

Así es que se hace urgente la modificación de esta Ley elevándola por lo menos a tres millones de pesos el valor de los inmuebles objeto de la constitución de Bien de Familia institución que ha tenido muy en cuente nuestra constitución cuando lo consigna en su artículo 8 numeral 15 ordinal a) en su Sección I en lo concerniente a los derechos individuales y sociales.

Así es que pido a nuestros legisladores que tomen en cuenta este asunto y modifiquen el monto del valor de un bien de familia, aumentando su valor conforme la situación actual.

Atentamente,

Víctor José Delgado Pantaleón

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