CARTAS  AL DIRECTOR
Satisfacción

CARTAS  AL DIRECTOR <BR>Satisfacción

Señor director:
En mi dilatado ejercicio jurídico y empresarial en mi país no había experimentado una satisfacción tan emocionante como la que recibimos el pasado primero de Febrero con la decisión asumida por los miembros de la Cámara Penal de la Honorable Suprema corte de Justicia, en la vista de extradición que se lleva a cabo al señor Quirino Ernesto Paulino Castillo.

Se dio cátedra al recibir como buena y válida la decisión de la Instrucción de Primer Grado, y confirmada por el Tribunal de Alzada inmediato, de que todos los involucrados en ese expediente fueran recluidos en la Cárcel Pública de Najayo, San Cristóbal, para que se descontinuara el desacato a esa decisión judicial emanada de un tribunal del país.

Quiérase admitir o no, es un gran paso de avance en nuestra administración de justicia que el máximo tribunal haya respetado la decisión de jueces subalternos, y obligar a los auxiliadores de la Justicia, sea Dirección General de Control de Drogas o el representante de la sociedad en el Distrito Nacional, el Fiscal.

La mera suspensión del conocimiento de la vista de extradición por no haber acatado la decisión precitada es un paso de avance y sienta un precedente en el área judicial en la República Dominicana, ya que antes, y es sabido por todos, la regla era muy conocida.

Cualesquiera que sea la decisión que se tome el próximo viernes 4 de Febrero en la vista con respecto a la extradición del señor precitado, la Cámara Penal de la Honorable Suprema Corte de Justicia, compuesta por magistrados de grandes conocimientos y experiencia probada, como son los doctores Julio Ibarra Ríos, Castellanos, Dulce María Rodríguez, Edgar Hernández, y quien la preside, Hugo Alvarez Valencia, le están mandando un mensaje claro y firme no sólo a las demás cámaras que componen el más alto tribunal del país, sino a la nación y al mundo, haciéndole saber que sí estamos en capacidad de asumir cualquier responsabilidad que las circunstancias así lo ameriten.

La Ley No. 76-02 que crea el nuevo Código Procesal Penal, es clara y vertical, cuando establece que “la única instancia que conoce vistas en solicitud de extradición de cualquier dominicano hacia otro país es la Cámara Penal de la Honorable Suprema Corte de Justicia”; que se sepa muy bien.

Atentamente,

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