CARTAS AL DIRECTOR
¿Súbditos o ciudadanos?

CARTAS AL DIRECTOR <BR>¿Súbditos o ciudadanos?

Señor director:
Con toda seguridad, la sentencia de extradición evacuada recientemente por la Suprema Corte de Justicia, será objeto durante las próximas semanas de múltiples y variados análisis jurídicos y políticos. Pero es también probable que en esta discusión pública no repare en un asunto vital: la concepción expresada por la Suprema Corte (o al menos por su Cámara Penal) sobre la relación entre el Estado y los ciudadanos dominicanos. Sin entrar en consideraciones sobre la procedencia o conveniencia de lo decidido por la sentencia, me interesa comentar el problema que he señalado.

En los considerandos tercero y vigésimo quinto, los magistrados se refieren a los ciudadanos dominicanos con el apelativo de «súbditos». Esto podría pasar por un error o por el uso de los términos «ciudadano» y «súbdito» como sinónimos, correcto en el lenguaje común, pero incorrecto en el lenguaje especializado en el que el tribunal desarrolla sus sentencias. El hecho de que en la primera de las ocasiones sólo utilice el término «súbditos», y que además lo haga para referirse a la generalidad de los ciudadanos, desmiente que así sea.

De esto se infiere que para la Suprema Corte los dominicanos somos «súbditos» del Estado y no ciudadanos en el sentido jurídico de la palabra. La diferencia es importante, habida cuenta de que mientras que el término ciudadano se relaciona con la tradición democrática e igualitaria de la Revolución Francesa, súbdito –que deriva de la expresión latina subdere, que significa «someter»– se vincula con la tradición monárquica y absolutista.

El ciudadano es igual entre iguales, sujeto de derechos y fuente última de la legitimidad del Estado del que forma parte en su condición de tal. El súbdito está sometido a una voluntad ajena, no tiene derechos más allá de los que su soberano le conceda como gracia, y como no tiene capacidad ni personalidad política, no forma parte del Estado ni puede aspirar a que éste le represente. Al contrario que el ciudadano, el súbdito es, por definición, un oprimido. ¿Es eso lo que opina la Suprema Corte? ¿Que los dominicanos no somos sujetos de derecho sino simples objetos de derecho? ¿O será un lapsus ideológico?

No es aceptable que magistrados de la Suprema Corte pasen por alto que al hablar sobre el «derecho soberano que tiene cada nación de enjuiciar sus súbditos» o sobre la obligación de las partes contratantes a «entregar sus propios ciudadanos o súbditos» están estableciendo jurisprudencialmente que la relación entre los dominicanos y el Estado es una de dominio e incluso posesión. Y en este tipo de relaciones los súbditos sólo tienen los derechos que quieran permitirles el soberano –¿el Estado en este caso?– y sus representantes –¿los jueces quizás?–.

No exonera la buena fe con que pudo ser utilizada la expresión. Su carga en sentido político, jurídico e histórico es demasiado evidente como para ser pasada por alto. Además, se trata de un término usado innecesariamente porque la Constitución dominicana no contiene en todo su texto referencia alguna a «súbditos», pero sí se refiere a los dominicanos como «ciudadanos». Así, es inadmisible que se utilice el concepto que connota sumisión en un razonamiento que, como todos los de la Suprema Corte, se supone sujeto a la Constitución. No en balde esta proclama en su artículo 2 que «la soberanía nacional corresponde al pueblo, de quien emanan todos los poderes del Estado, los cuales se ejercen por representación». Es decir, que los dominicanos no son súbditos en ningún sentido; son ciudadanos. Y es de ellos y de nadie más de quienes emanan la legitimidad y el poder del que proviene la obligatoriedad de los actos estatales y al que se deben todos los funcionarios públicos electos y no electos. Entre ellos los jueces, incluyendo los de la Suprema Corte.

Los dominicanos no son otra cosa que ciudadanos y no hay más soberano que ellos mismos. Esa República en cuyo nombre se emiten los actos del Estado está formada por ellos. Si alguien se debe a alguien son precisamente los funcionarios públicos a los ciudadanos. Eso es algo que conviene no olvidar.

Atentamente,
Nassef Perdomo C.

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