Cartas
Objetan editorial

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Señor director:
En el editorial del periódico Hoy de fecha treinta (30) de marzo de 2007, se analiza el problema de la equidad y se trata sobre el proyecto de ley que busca modificar la ley general de electricidad 125-01, de fecha veintiséis (26) de julio de 2001, a fin de criminalizar el fraude eléctrica y eliminar los pocos artículos de la misma que benefician al usuario del servicio eléctrico y que nunca se han cumplido.

Entiendo el editorialista que la criminalización del fraude eléctrico y que nunca se han cumplido.

Entiende el editorialista que la criminalización del fraude eléctrico podría funcionar como un disuasivo para reducir el mismo, pero resulta que la forma en que está concebido el proyecto lo que se quiere es castigar sólo al usuario del servicio y no a las empresas de generación y distribución, lo que constituye una doble violación al precepto constitucional de que la ley sólo debe ordenar lo que sea justo y útil para la comunidad y que los dominicanos somos iguales ante la ley, contenidos en los artículos 8 y 100 de la Constitución.

Un estudio realizado en los barrios Los Prados, San Jerónimo y El Millón, de esta ciudad, por encargo de una de las empresas de distribución, determinó, en base a colocar contadores conectadores a redes de computadoras, que el fraude se reduje de un 46% a menos de un 2% en poco tiempo, pero de manera inexplicable se abandonó el proyecto sin que se dieran razones para ello.

Eso indica que el mejor disuasivo para reducir a su mínima expresión el fraude eléctrico es colocando aparatos adecuados para medir el servicio, puesto que la tendencia mundial, tanto en el sector salud como en la justicia, es la de prevenir la ocurrencia de enfermedades y la comisión de hechos delictivos y no esperar que ocurran esos males para luego tratar de enfrentarlos.

Pero el proyecto, que ya fue aprobado en el Senado con algunas modificaciones, lo que busca de manera principal es eliminar los artículos 93, párrafo I, que obliga a las distribuidoras a compensar al usuario con el 150% del costo de cada hora de apagón, el 110, que obliga a realizar licitaciones públicas para la compra de energía eléctrica, organizadores y supervisadas por la Superintendencia de Electricidad (SIE) y el 114, que obliga a realizar análisis y estudios de costos para fijar electricidad y que entrarán en vigencia treinta (30) días después de publicarse en un periódico de circulación nacional.

A los usuarios nos adeudan 40 mil millones 833 mil pesos con 33 centavos por concepto de horas de apagones no justificadas, contadas desde el primero de enero de 2003 hasta el veintiocho (28) de febrero de 2007, no se ha hecho la primera licitación pública para la compra de energía eléctrica, no se realizan estudios y análisis de costos adecuadas y las resoluciones mensuales se ponen en vigencia de inmediato en vez de los treinta (30) días, radicando ahí los principales males que aquejan al sector eléctrico.

La Cámara de Diputados está apoderada del proyecto de ley y tal como hicimos el veintisiete (27) de diciembre de 2006, en que presentamos una posición en la vista pública realizada por el Senado, ya nos apresuramos a plantearle nuestros criterios al presidente de la Cámara de Diputados, por lo que esperamos sea rechazado un proyecto que busca castigar más al usuario del servicio eléctrico y allanarle más el camino a quienes actúan en base al Acuerdo de Madrid, firmado el dos (2) de agosto de 2001, cuando la ley 125-01 estaba vigente desde el veintinueve (29) de julio de 2001.

Atentamente,
Altagracia Paulino
Presidenta
Joaquín Luciano
Asesor Legal

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