Carteles de la salud amenazan de nuevo

Carteles de la salud amenazan de nuevo

La Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (ADARS) acaba de tomar una decisión unilateral (al parecer, ilegal) que amenazan de nuevo a la reforma del sistema de salud. Se trata de la constitución de fuerzas monopólicas que presionan al sistema operando de manera conjunta (carteles) para resolver los conflictos a través de negociaciones políticas. Con la finalidad de evitar estas prácticas, fue sancionada la Ley 42 del año 2008, para el fomento de la competencia, la cual prohíbe expresamente las prácticas concertadas y acuerdos anti-competitivos.

Hace un tiempo escribí un artículo sobre este mismo tema en relación con un comportamiento similar de la asociación que agrupa los proveedores de salud. En el mismo decía que las autoridades no debían ceder a ese tipo de presiones, pues si lo hacían, ello vendría a constituir un precedente nefasto, que trasladaría al sistema privado la historia de ingobernabilidad que prevalece en el sistema público (que ha sido tan difícil de reformar y organizar).

 Esto es válido hoy con relación al caso de las administradoras de riesgos de salud, quienes han “informado” al gobierno que a partir del 30 de abril no pagarán por los accidentes de tránsito de sus afiliados.

 El CNSS no puede ceder a estas presiones porque estaría dejando desprotegida a la población dominicana en su momento de mayor vulnerabilidad: cuando le sucede un accidente de tránsito. Según estadísticas de la OMS, la República Dominicana es el segundo país a nivel mundial en accidentes de tránsito – estos constituyen una altísima prioridad en términos de salud pública. Y los accidentados son, mayoritariamente, peatones y gente inocente – agredidos por conductores borrachos e irresponsables (otro problema de salud pública, que requiere de medidas de otra naturaleza).

 La “decisión” del cuerpo colegiado que agrupa a las principales ARS se fundamenta en que el 30 de abril vence el plazo establecido en la Resolución No. 306 del 2012, del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) donde esta entidad ordena al SENASA y las ARS atender los accidentes de tránsito, hasta que su organización, manejo y financiamiento sea decidido una vez se realicen los estudios relativos al Fondo Nacional de Atenciones Médicas por Accidentes de Tránsito (FONAMAT). Aparentemente, dichos estudios no han sido realizados aún, por lo que corresponde al CNSS prorrogar dicho plazo sin ceder a presiones políticas – porque de hacerlo se estaría violando la indicada Ley 42-08.

 Al mismo tiempo, debo reiterar lo que decía en mis artículos previos. Las decisiones relativas al sistema dominicano de salud se realizan, con demasiada frecuencia, basadas en presiones externas, que muchas veces no responden a los mejores intereses de la población. ¿Por qué no se realizan los estudios que sustenten qué se debe incluir en el paquete de prestaciones, cómo se van a entregar los servicios y cómo se van a financiar? Esa es la función que corresponde a las autoridades del sistema de salud, esto es, al CNSS.

 En el caso que nos ocupa, las ARS reclaman que el SFS les reconoce RD$6 por afiliado por concepto de accidentes de tránsito, mientras que a ellos les cuesta casi el doble. No pretendo discutir cuánto cuestan las intervenciones por este concepto o por ningún otro, sin revisar los estudios que los sustenten. Sólo quiero recalcar que las autoridades deberían fundamentarse en sus propios estudios de frecuencias de utilización, costos, mecanismos de provisión y pagos – y no necesariamente dejarse guiar por informaciones provenientes de fuentes interesadas.

No obstante, es preciso aclarar que las ARS reciben una cápita global – independientemente de dichos costos – y su trabajo es, justamente, administrar los riesgos. Probablemente estén cargando de manera pesada por este concepto, pero a lo mejor, están recibiendo pocos casos de otras condiciones o patologías – lo cual, quizás, pudiera compensarlas.

 Las estimaciones sobre el costo per cápita de las intervenciones que conforman el PDSS son, como su nombre lo indica, “estimaciones”. No puede argüirse que están equivocadas de manera aislada, ni tampoco ello puede sustentar reclamos de aumento del valor per cápita. Una revisión del valor del PDSS tiene que hacerse globalmente y es necesario que se realice periódicamente, para lo cual es preciso determinar:

 – Qué se debe incluir (de acuerdo a la carga de enfermedad y prioridades de salud de una población).

– Cómo se va a tratar (de acuerdo a protocolos elaborados por especialistas en el tema que tomen en cuenta, no sólo las tecnologías más adecuadas sino también los resultados de estudios realizados de costo-efectividad).

– Cómo se van a entregar los servicios (quién o quiénes tienen la capacidad y están autorizados para ello).

– Quién lo va a pagar y cómo se va a financiar.

 En este sentido, el CNSS está en falta al no haber elaborado los estudios correspondientes. De hecho, la resolución de referencia habla de que realizó un concurso para el diseño del FONOMAT que fue declarado desierto, por no existir en el país firmas con la capacidad de realizarlo. Pero a nivel internacional sí existen firmas y expertos con las debidas calificaciones, para lo cual les recomiendo ponerse en contacto con la red de planes de beneficios y priorización de intervenciones que apoya el BID –  http://www.redconocimientopbs.org/. Es muy probable que allí encuentren orientación sobre estos temas.

 Antes de concluir, quisiera indicar que esta situación motiva a una reflexión generalizada sobre la reforma de salud y sobre el financiamiento de las enfermedades de alto costo, dentro de las cuales deberían incluirse los accidentes de tránsito. En lugar de abordar los temas de manera separada, sugiero que se aborden de forma conjunta, con una perspectiva de prioridades y con un plan general que introduzca racionalidad, efectividad, eficiencia, equidad y sostenibilidad financiera a todo el sistema.

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