El comunicador José Alcántara, quien junto a su hermano Francisco Alcántara, recientemente realizaron una grabación desde el interior de un apartamento, denunciando que allí se encontraban dos aires acondicionados que supuestamente habían sido sustraídos de la Dirección General de Migración, por el Director de Servicios Generales de dicha institución, reconoció en radio nacional que no contaban con permiso para irrumpir en dicha propiedad privada.
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Tras solicitar el derecho a réplica en el espacio radial El Zol de la Mañana, que se transmite a través de la frecuencia 106.5 F.M, José Alcántara expresó: “Lo que les quiero decir es que en la querella que ellos muestran, obviamente, nosotros entramos sin permiso. Eso no se puede negar”.
No obstante, aseguró que, pesar de no contar con el permiso de los propietarios de la vivienda ni se hacerse acompañar de un fiscal con orden judicial para su ingreso, estos no rompieron la puerta ni el candado de la misma.
De ahí que, los laureados periodistas Pedro Jiménez, Julio Martínez Pozo, Consuelo Despradel, Euri Cabral, Nagid Chaede y Manuel Cruz le explicaron al comunicador que, no existe justificación para violar la propiedad privada, ya que si bien es su derecho a denunciar, no deben violar los derechos de otras personas, lo cual atenta contra el derecho a libre expresión y el deber de garantizar el debido proceso a la hora de informar.
En ese orden de ideas, el art. 1 de la Ley No. 5869 de 1962 (Modificada por la Ley 234 de fecha 30 de abril de 1964. G.O.8855) sobre Violación de Propiedad, dispone que toda persona que se introduzca en una propiedad inmobiliaria urbana o rural, sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario, será castigada con la pena de tres meses a dos años de prisión correccional y multa de diez a quinientos pesos.