Caso Calamar: Lo que dijo hoy la abogada de José Ramón Peralta

Caso Calamar: Lo que dijo hoy la abogada de José Ramón Peralta

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La abogada de ex ministro administrativo de la presidencia, José Ramón Peralta, implicado en el caso Calamar, aseguró hoy que su defendido tiene todas las condiciones para cumplir una medida de coerción distinta a la solicitada por el Ministerio Público de prisión preventiva.

“El señor José Ramón Peralta tiene todas las condiciones de arraigo para permanecer en una medida de coerción distinta a la prisión preventiva”, declaró Emely Rodríguez.

Además, la abogada explicó que para hoy está pautado que el MP presente conclusiones sobre la solicitud de medida de coerción y que posterior a esto, defensa de cada uno de los  imputados expongan sus alegaciones.

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“Aquí el escenario de discusión es estrictamente el estatuto de la libertad y la presunción de inocencia”, resaltó.

Caso Calamar
Imputado Gonzalo Castillo / Fotos de Guillermo Burgos

Los imputados en el caso Calamar

Entre los arrestados en la Operación Calamar, se encuentran el exministro de  Hacienda, Donald Guerrero; ex ministro administrativo de la presidencia, José Ramón Peralta; exministro de Obras Públicas Gonzalo Castillo; ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA),  Luis Miguel Piccirilo; exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.

Asimismo, están arrestados Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir Fernández de Paola, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación, Ana Linda Fernández, Aldo Antonio Gerbasi, Ramón David Hernández, Víctor Matías Encarnación y Rafael Parmenio Rodríguez Encarnación.

La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los arrestados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.

También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.