El Gobierno no pagó la totalidad del contrato entre el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) y la empresa Transcore Latam SRL, y el mismo sí fue suspendido. Así lo reveló una fuente de entero crédito que desmintió se haya pagado la totalidad del monto que establecía el referido contrato.
Se explicó que efectivamente el contrato estaba suspendido y que solo se había realizado un pago inicial del 20%. Además, explicó que el Estado quedo atento y pendiente a una serie de equipos que la referida compañía debía devolver.
Esto último se trabajó a través de la Unidad de Rescate de Bienes Públicos, que coordina el abogado Jorge Luis Polanco, pero para nada esto significó que el contrato permaneciera vigente.
Sobre el caso Camaleón
Por el caso Camaleón se imputa a Hugo Beras, exdirector del INTRANT; Frank Díaz Warden, coordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras del INTRANT; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de tecnología del INTRANT; José Ángel Gómez Canaán (Jochi), propietario de la empresa Aurix S.A.S.; Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico del INTRANT; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del INTRANT y Carlos José Peguero Vargas.
El grupo es señalado de pertenecer a una red de corrupción y crimen organizado dedicada al desfalco, estafa contra el Estado, falsificación, coalición de funcionarios, contrabando, comercio ilícito, sabotaje, terrorismo contra infraestructura crítica y robo de identidad.
Los representantes del Ministerio Público revelaron que cuentan con el contrato fraudulento para la modernización del sistema de semaforización del Gran Santo Domingo, el contrato ilegal con el Ministerio de Defensa y la empresa Aurix, utilizado para usurpar funciones de organismos de inteligencia, seguridad y defensa del Estado, así como, con evidencia sobre el sabotaje en contra de la red semafórica en el mes de agosto, temas que son objetos de la imputación.
Los imputados en Operación Camaleón son investigados por conductas típicas a lo establecido en los artículos 146, numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana (proscripción de la corrupción); artículos 123, 124 (coalición de funcionarios), 147, 150 y 151 del Código Penal dominicano (uso de documento privado); 171 y 172 (desfalco), artículos 265 y 266 (asociación de malhechores), así como el artículo 405 (estafa en perjuicio del Estado dominicano) del Código Penal dominicano; artículos 11, 17, 27, y 28 (sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación, y actos de terrorismo), de la Ley núm. 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
Así como, los artículos 5, 33, 34, 35, 36, (contrabando) de la Ley núm. 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados; y los artículos 2, 3, 4, 5, 8, 9, y 10 (Lavado de Activos) de la Ley núm. 155-17 sobre Lavados de activos y financiamiento del terrorismo, artículos 5, 8 letra F y 26 de la Ley núm. 267-08 sobre Terrorismo, y crea el Comité Nacional Antiterrorista y la Dirección Nacional Antiterrorista, artículos 66, 67 y 69 de la ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, todo esto en perjuicio del Estado dominicano.
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