Caso de hijos de haitianos llega a Suprema

Caso de hijos de haitianos llega a Suprema

POR LLENNIS JIMÉNEZ
La litis en torno a una sentencia que ordena el otorgamiento de actas de nacimiento a dos hijos de inmigrantes haitianos llegó a la Suprema Corte de Justicia, tribunal que deberá decidir si el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Luis Arias, cumple con la ley al negarse a registrar a los niños.

Jueces de la JCE tienen posiciones encontradas respecto al caso de los niños Estéfani y Rubén Basil, de siete y ocho años de edad respectivamente, porque mientras la Corte de Apelación del Distrito Nacional ordena la entrega del documento, la Corte de Apelación de Santiago lo rechaza. 

Algunos jueces señalan que la nueva Ley General de Migración prohíbe que a los hijos de extranjeros ilegales se les declare dominicanos, pero hay magistrados que afirman que antes de que fuera promulgada la legislación, un tribunal ordinario había autorizado la expedición de las actas de nacimiento.

Ayer, el juez suplente de la Cámara Administrativa, Jorge Eligio Méndez, acusó a la JCE de violar el sistema judicial dominicano, al rechazar emitir las actas de nacimiento después de que la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional autorizó la expedición y la confirmó una segunda sentencia de la Corte de Apelación de Santo Domingo, en octubre del año pasado.

En cambio, el juez Roberto Rosario, titular de la Cámara Contenciosa, justificó las actuación del presidente de la JCE, la que, afirmó, fue respaldada por la mayoría de los miembros del pleno. Dijo que la decisión fue adoptada porque la Ley de Migración impide que a los hijos de inmigrantes se les otorguen actas de nacimiento declarándolos dominicanos.

Este jueves el coordinador nacional de Servicio de Jesuitas a Refugiados, sacerdote José Núñez, y la abogada de la familia de los niños, Marisol Antigua, calificaron a Arias de racista y lo acusaron de violar la Constitución del país, al desacatar la decisión del tribunal ordinario.

OTROS ARGUMENTOS

El juez Méndez, quien se opone a la medida de Arias, de desacatar la decisión del tribunal, consideró que la presidencia de la JCE no tiene competencia dentro del marco de la Ley Electoral, para atribuirse funciones que son propias de la Cámara Administrativa.

Aclaró que no ataca la persona del presidente de la JCE, porque lo que hay que resguardar es el aspecto institucional.

Sostuvo que la Ley 659, sobre Actos de Estado Civil, del 17 de julio de 1944, tiene el criterio de que todo el que nazca en el país es dominicano, siempre que sus padres tengan estatus legal. Dijo que ya está demás investigar la legalidad de los padres, porque hay una sentencia emitida por un tribunal, oponible a todo el mundo.

Respecto a la existencia de dos decisiones de cortes de Apelación, Méndez dijo que una sentencia no liga a otra. Precisó que para que la decisión que beneficia a los niños no sea ejecutoria, la JCE tiene que hacer una demanda en referimiento ante la Suprema en suspensión de la sentencia conjuntamente con el recurso de casación.

De su lado, el juez Rosario sostuvo que lo que expresó el doctor Arias fue en virtud de la Ley de Migración, con la cual a la JCE «le es imposible dar una acta de nacimiento a los hijos de ciudadanos extranjeros nacidos en el país, que no reúnan las condiciones».

Expresó que la JCE lo más que puede hacer es cumplir con la Ley de Migración, y en consecuencia, hacer un registro de extranjeros, para darle una declaración de extranjero, tal y como lo prescribe esa legislación.

Rosario indicó que los padres de los niños (Oberne Sanyan y Carmen Basil) solicitan actas de nacimiento que digan que sus hijos son dominicanos. «Lo que ha dicho el presidente de la Junta, con lo que cuenta con el respaldo, me atrevo a decir, de la totalidad de los magistrados de la Junta, es que no se le puede satisfacer la solicitud de esos ciudadanos, porque violaría la ley adjetiva que acaba de ser promulgada».

Sostuvo, asimismo, que las dos sentencias referidas a favor de los menores, se encuentran afectadas por un memorial de casación que interpuso la propia JCE ante la Suprema, en contra de esa decisión dada por la Corte de Apelación de Santo Domingo.

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