El jurista Félix Damián Olivares se mostró en desacuerdo con la condena de cinco años de prisión a Marlin Martínez, por considerar que los jueces del Segundo Tribunal Colegiado de San Francisco de Macorís hicieron una “errónea” apreciación de los hechos respecto de su participación en el asesinato de Emely Peguero.
Dijo que conforme con las investigaciones, quien quería como suyo el crimen de la adolescente embarazada era Marlin, no su hijo Marlon, y por eso ella misma le hizo la prueba del embarazo.
“A mí me parece que el tribunal pasó por alto eso; dejó de lado la participación de ella (Marlin) en la determinación del doble crimen y solamente se limitó a su participación en el ocultamiento del cadáver “, señaló Olivares.
Durante el juicio salió a relucir una conversación telefónica en la que Marlin le habría dicho a su hijo que él tenía que resolver lo del embarazo de Emely. También que ella misma la fue a buscar a su casa y la llevó a otra donde le hizo la prueba de embarazo.
En opinión de Olivares, los jueces “no enfocaron todo el cuadro fáctico del crimen y la autoría y participación de Marlin antes, durante y después del hecho”.
La culpa es del Ministerio Público. Si el MP hubiera manejado el tipo penal del artículo 304 del Código Penal: un crimen seguido de otro crimen, le hubiera sido más fácil obtener una condena de 20 años para Marlin Martínez, afirmó el doctor Marino Elsevif.
Indicó que conforme a la glosa penal que estableció el juez, el Tribunal descartó los tipos penales establecidos en los artículos 295, 296, 297 ,y 354 del Código Penal, reformado, propuestos por el MP.
Resaltó que el 354, reformado, establece una pena de reclusión mayor cuando con engaño se arrebata a una menor o se le hace abandonar la vivienda o domicilio bajo el anatema del engaño como ocurrió en el caso Emely.
Agregó que el MP tampoco dejó claramente establecido que la muerte del hijo que llevaba en el vientre fue lo que originó la muerte de Emely y el ocultamiento de su cadáver, con lo que sí se estaría hablando de un crimen pre-intensional.
“ Si el MP hubiese establecido esa dinámica y esos tipos penales, le hubiera sido más fácil a los jueces comprender y castigar a Marlin con 20 años de prisión por ser cómplice en el hecho de un asesinato y el crimen seguido de otro crimen como ocurrió en el caso Emely”.
Para tomar en cuenta. El expresidente de la Sociedad Dominicana de Psiquiatría, doctor José Miguel Gómez, afirmó ayer que el asesinato de Emely Peguero y las condenas al principal responsable de ese repudiado hecho, y a su madre, debe alertar a las familias dominicanas sobre la necesidad de sembrar valores, fiscalizar y enseñar a los hijos a que cuando ellos agreden a otros, deben ser responsables y asumir consecuencias.
Definió a Marlon como un joven con “trastornos de conducta di-social”, que no siente vergüenza, sin capacidad para poner límites; que no discrimina ni tiene conciencia del arrepentimiento, ni capacidad para sentir pudor o responsabilidad moral del daño que va a hacer.
De Marlin, la madre, dijo que desde el punto de vista psico-emocional, es una mujer con alteraciones y poca inteligencia emocional, “pero con muchas habilidades y destrezas para lograr movilidad social sin tener presencia ni medios de producción que le den un estatus en la comunidad, donde ella se siente con unos niveles de protagonismo y de incidencia como un actor político-social que infiere de manera importante, y en su propio su hijo.
Sobre la sentencia. Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de la provincia Duarte, condenaron a 30 años de prisión a Marlon Martínez, a 5 años de prisión a su madre Marlin Martínez, y al pago de RD$20 millones de indemnización a favor de los familiares de Emely Peguero.
El tribunal encontró culpable de actos de barbarie, torturas y asesinato a Marlon Martínez, en perjuicio de Emely Peguero, de 16 años, y con 5 meses de embarazo de su asesino.
En tanto, varió la calificación jurídica de la acusación formulada contra Marlin Martínez, a quien se acusa de complicidad en el crimen y se le sentenció por ocultamiento de cadáver y sustracción de menores.
El tribunal, presidido por la jueza María de los Ángeles Concepción, e integrado por los magistrados Víctor Inoa y Arelis Camacho Cáceres, en las motivaciones en torno a la acusación contra Marlon Martínez expresa la existencia de pruebas contundentes y fehacientes de su participación directa en el hecho de sangre.
En torno a su madre, el tribunal explicó que el Ministerio Público (MP) y la parte querellante no aportaron elementos probatorios que pudieran retener la implicación de cómplice.
Señaló que el Código Penal requiere para ello la participación antes o durante el hecho, agregando que las pruebas aportadas en contra de dicha señora corresponden a actuaciones después de cometidos los hechos, como son la sustracción del disco duro de grabación de video del residencial donde se cometió el hecho de sangre, el ocultamiento del cadáver, entre otros elementos.
Retiene como hecho probado que la señora Marlin Martínez, cometió delito de sustracción de menores al buscarla a su residencia y llevársela sin el permiso de su madre, para realizarle una prueba de embarazo.
En ese sentido, los jueces descartaron complicidad de dicha señora en los hechos y la sanción a aplicar fue por sustracción de menor y ocultamiento de cadáver.
En las motivaciones, el juez Inoa dijo que la decisión estaba amparada en las normas, no por presión mediática.
El crimen ocurrió el 23 de agosto de 2017. Tras cometer el hecho Marlon lanzó el cuerpo en las cercanías del puente Colón, en Cenoví. Luego, ayudado por su madre, lo dejó en una carretera abandonada en la provincia Espaillat.