La Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes de la provincia Santo Domingo, ordenó este miércoles el traslado al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Mujeres, de la joven implicada por la muerte de Frederick Alberto Pérez Ventura, ocurrida en Los Alcarrizos en el año 2022.
El tribunal tomó la decisión, debido a que la fémina cumplió la mayoría de edad.
La apresada quien se encuentra cumpliendo seis años de cárcel, estaba recluida en el Centro de Atención Integral para Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal (Instituto Reformatorio de Señoritas).
Sobre el caso
Las acciones por la cual fue condenada la mujer, se produjeron el 16 de julio del año 2022, cuando el joven Frederick Alberto Pérez Ventura coordinó una cita a través de una red social con el imputado Argenis Nerlis Morillo de los Santos.
Ambos quedaron de encontrarse en el apartamento 302, edificio 6, manzana H, residencial Pablo Mella Morales.
La instancia precisa que a la 1:30 de la tarde, Pérez Ventura llegó al lugar acordado, donde Morillo de los Santos lo recibió y le brindó un café para que entrara en confianza. Luego, Jeremy de Jesús Rodríguez Evangelista, Cristofer Arredondo y Reinaldo Antonio García salieron de una habitación con armas blancas.
Posteriormente, los imputados acorralaron a la víctima, lo amenazaron y le dieron a oler una sustancia para tranquilizarlo y así despojarlo de sus pertenencias.
A Frederick Alberto Pérez Ventura lo amordazaron en una habitación y estuvo custodiado por Rodríguez Evangelista, mientras que Morillo de los Santos salió del lugar en compañía de la menor de edad para retirar dinero de las tarjetas bancarias del hoy occiso.
Los hallazgos presentados por el Ministerio Público demuestran que fue el domingo 17 de ese mes cuando los acusados trasladaron al joven del apartamento a un basurero ubicado en La Guáyiga, kilómetro 22 de la Autopista Duarte, lugar donde lo ultimaron de varias puñaladas.
Luego del hecho, los imputados intercambiaron por ropa un celular que era propiedad de la víctima e intentaron vender su vehículo en Maimón, provincia Monseñor Nouel, hecho que no pudieron llevar a cabo porque el automóvil no tenía combustible y se vieron en la obligación de dejarlo abandonado.
La conducta de este grupo ha recibido la calificación jurídica de asociación de malhechores, asesinato, actos de tortura, robo y porte de ilegal de armas, que constituyen violaciones a los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 298, 302, 303, 379 y 382 del Código Penal Dominicano y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.