Caso Medusa: A defensa de Jean Alain no le preocupa que imputados admitieran culpabilidad

Caso Medusa: A defensa de Jean Alain no le preocupa que imputados admitieran culpabilidad

La defensa de Jean Alain Rodríguez dijo no preocuparle que siete involucrados en el caso Medusa admitieran su culpabilidad en los hechos que le imputa el Ministerio Público de formar parte del entramado de corrupción administrativa que presuntamente lideró el exprocurador general de la República.

El abogado Carlos Balcácer sostuvo que los imputados «no señalan a Jean Alain«, ni tampoco tienen como demostrar ante el tribunal que él es culpable de los cargos en su contra.

«Los que aspiran a hacer delincuentes redimidos, le será fácil porque el Ministerio Público no quiere que ellos vayan a la cárcel… Lo importante de todo es que no señalan a Jean Alain, y no hay forma de que lo hagan», manifestó el jurista.

«No basta que uno de ellos diga Jean Alain me entregó o yo le entregué un millón de dólares, por ejemplo», agregó Balcácer.

Los que admitieron acusación 

Se trata de Carlos Augusto Guzmán Oliver, representante de la razón social Herrajes Rachel; César Nicolás Rizik Pimentel, los hermanos Daniel Enrique Vásquez Féliz y Francisco Alberto Vásquez Féliz, Fausto José Cáceres Santerio, la empresa La Parasata Mercantil y Francisco Arturo Santos Gómez, quienes admitieron su culpabilidad luego de que cada uno arribara a un acuerdo con el Ministerio Público, mediante el cual colaborarán con el proceso.

El Ministerio Público entregó un ejemplar de los acuerdos al juez Amauri Martínez, del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, donde se conoce la audiencia preliminar, así como a la defensa técnica de los acusados.

Al referirse al proceso, la fiscal Rosa Alba García Vásquez, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa(Pepca), dijo que “en base al acuerdo que hemos aportado, nosotros vamos a solicitarle a usted como juzgador que proceda a acoger el acuerdo pleno en virtud de las disposiciones de los artículos 363 y 364 del Código Procesal Penal, en razón de que los acusados han admitido los hechos presentados en la acusación depositada por el Ministerio Público en fecha 2 de julio de 2022, así como los hechos establecidos en la querella penal con constitución en actor civil y concretización de pretensiones civiles”, dijo García Vásquez en el tribunal.

El pasado mes de diciembre el MP concluyó la presentación de la acusación solicitando al tribunal auto de apertura a juicio para 41 personas físicas y 22 razones sociales acusadas en este proceso.

Luego de los acuerdos, el órgano persecutor varió sus conclusiones iniciales respecto a los acusados Daniel Enrique Vásquez Féliz y Francisco Alberto Vásquez Féliz, para quienes pidió el cumplimiento de la pena de tres años de reclusión, bajo la modalidad de pena suspendida, bajo reglas.

Estableció para ambos acusados el cumplimiento de las siguientes reglas: “residir en un lugar determinado, en este caso el domicilio está consignado por escrito en el acuerdo aportado respecto de cada uno de los acusados y en caso de cambiar el domicilio que se ha establecido de manera escrita deberán de notificarlo de manera expresa, tanto al Ministerio Público como al juez de Ejecución de la Pena que resulte apoderado para velar por el cumplimiento de las reglas”.

También, abstenerse de viajar al extranjero sin previa notificación a la autoridad judicial competente; abstenerse del porte de arma de fuego; abstenerse del abuso de bebidas alcohólicas o drogas narcóticas y realizar 50 horas de trabajo comunitario; también la obligación de presentarse cada 60 días ante el juez o ante la autoridad que se designe para el cumplimiento de la pena”.

Para la razón social Divamor Group SRL el órgano acusador solicitó que la misma sea condenada al pago de una multa de RD$722,744.12, ordenar el decomiso a favor del Estado dominicano de las acciones de la entidad comercial y ordenar la cancelación de su registro mercantil.

El Ministerio Público también arribó a un acuerdo con el acusado Francisco Arturo Santos Gómez, pidiendo en virtud de ello, que el tribunal le condene a una pena, igualmente, de tres años de reclusión, bajo la modalidad de pena suspendida, bajo reglas.

Estableció para ambos acusados el cumplimiento de las siguientes reglas: “residir en un lugar determinado, en este caso el domicilio está consignado por escrito en el acuerdo aportado respecto de cada uno de los acusados y en caso de cambiar el domicilio que se ha establecido de manera escrita deberán de notificarlo de manera expresa, tanto al Ministerio Público como al juez de Ejecución de la Pena que resulte apoderado para velar por el cumplimiento de las reglas”.

En ese sentido, también estableció como reglas: abstenerse de viajar al extranjero sin previa notificación a la autoridad judicial competente; abstenerse del porte de arma de fuego; abstenerse del abuso de bebidas alcohólicas o drogas narcóticas y realizar 100 horas de trabajo comunitario; también la obligación de presentarse mensualmente ante el juez o ante la autoridad que se designe”.

De igual forma, solicitó que sea condenada la entidad comercial Rogama SRL al pago de la multa RD$722,744.31, ordenar el decomiso a favor del Estado dominicano de las acciones de la entidad comercial, ordenar la cancelación de su registro mercantil y ordenar el decomiso a favor del Estado dominicano del bien inmueble identificado como 309510540944, matrícula número 3000248325, con una superficie de 1,500.28 metros cuadrados, ubicada en Santo Domingo, propiedad de dicha entidad comercial.

La coordinadora de Litigación de la Procuraduría Especializada de Persecución Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, también explicó que con Guzmán Oliver fue realizado un acuerdo pleno en el que se solicitó la imposición de la pena en el tribunal, mientras que con Rizik Pimentel un acuerdo penal parcial que va a conocerse la pena en el juicio.

“En el caso de Rizik, como él admite los hechos y solicita que se dicte auto de apertura a juicio, el juez al momento de examinar, puede dictar auto de apertura a juicio y nos veremos en el juicio”, detalló la representante de la Pepca.

Asimismo, dijo “que en el caso de Herrajes Rachel al juez le corresponde decidir si admite o no el acuerdo penal abreviado y en ese sentido puede establecer una condena”.

Además de Ortiz y García Vásquez, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Emmanuel Ramírez.

El órgano del sistema de justicia acusa al grupo de coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado. También por sobornos, crímenes y delitos de alta tecnología y lavado de activos.

Al ex procurador general Jean Alain Rodríguez Sánchez se le atribuye dirigir el entramado de corrupción cuando estuvo al frente de la Procuraduría General de la República en el período del 2016 al 2020.

Además de Rodríguez Sánchez, el proceso se sigue contra Javier Alejandro Forteza Ibarra, exdirector de Tecnología de la Información y la Comunicación del Ministerio Público.

El órgano persecutor también acusa en este entramado de corrupción a Alfredo Alexander Solano, ex subdirector administrativo del Ministerio Público, y a Jonathan Joel Rodríguez Imbert, ex director administrativo.

Asimismo, a Jenny Marte Peña, exencargada de Proyectos; a la ex subdirectora administrativa, Altagracia Guillén Calzado, así como a Rafael Antonio Mercedes Marte, exdirector de Contabilidad, y al exasesor Miguel José Moya.

El juez Martínez dispuso el aplazamiento de la audiencia para las 9:00 de la mañana del próximo 15 de marzo.

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