Caso Odebrecht es “pesadilla”para abogado Conrado Pittaluga Arzeno

Caso Odebrecht es “pesadilla”para abogado Conrado Pittaluga Arzeno

Conrado Pittaluga

Los afanes del Ministerio Público por involucrar a Conrado Pittaluga Arzeno en el caso de los sobornos de Odebrecht lo habrían llevado al extremo de, incluso, atribuirle activos de la sucesión del fenecido humorista Freddy Beras Goico, afirmó ayer el consejo de defensa del imputado.
En ese sentido, luego de concluir su replica a la acusación, la defensa solicitó al juez especial Francisco Ortega, declarar nula la investigación del MP y los actos subsecuentes que de ella se derivan; prescindir de las medidas de coerción que pesan contra Pittaluga; rechazar hipoteca judicial y emitir Auto de No Ha Lugar en su favor.
Dinero de Beras Goico. Según un informe financiero preparado por Marielis Abad Díaz, de la Unidad de Investigaciones Criminales del Ministerio Público, el 23 de septiembre del 2014 Pittaluga abrió la cuenta de ahorros número 0010005601.
Agrega que a partir de esa fecha y hasta el el 31 de octubre del 2017 esa cuenta recibió créditos por un monto de RD$4,062,235.92, y se realizaron débitos por RD$4,060,862.51. Resaltó que la mayor cantidad de dinero a través de esa cuenta se movilizó en el año 2015, cuando los créditos alcanzaron la suma de RD$2,782,008.55.
Señala que el 40.27% de los créditos fueron por concepto de “depósitos de ahorros, y el 34.31% por divisas.
Gestiones “Escrow”. La defensa de Pittaluga lamentó que la figura de Beras Goico aparezca en un proceso del cual no es parte, solo con la finalidad del Ministerio Público poder “inflar” los datos finales del manejo de activos hecho por el imputado, sin tomar en cuenta el origen ni la gestión de los fondos, los cuales dijo, tenía en sus manos.
Afirmó que el mismo informe demuestra que la totalidad de los fondos manejados en dicha cuenta (0010005601) provinieron “de activos de la sucesión del señor Freddy Beras Goico”, y que fueron manejados por Pittaluga en su calidad de abogado de varios de los sucesores del fenecido comunicador.
“Esos fondos fueron utilizados para pagar gastos de la propia sucesión, tales como saldo de deudas pendientes; pagos de impuestos a la propiedad inmobiliaria, y de compañías propiedad del fenecido; impuestos sucesorales y otros”, explicó el abogado Manuel Rodríguez al juez.
Informe “bastardo”. Le recordó que ese informe fue impugnado por Pittaluga porque además está basado en certificaciones de la DGII y la Superintendencia de Bancos que fueron obtenidas sin orden judicial, en violación al artículo 47, párrafo I del Código Tributario.
Agregó que el contenido del informe carece de rigor científico, ya que el MP “haciéndose de la vista gorda” pasó por alto conceptos tan básicos como la diferenciación entre cuentas.
“En el informe financiero del MP constan varias cuentas que no pertenecían de manera exclusiva al licenciado Pittaluga Arzeno; en ningún caso explica el tipo de cuenta de que se trata, si es individual, indistinta, conjunta o con titularidad subordinada, pues el único interés era aumentar las sumas globales “manejadas” por el imputado”, señaló.
Conclusiones. Dictar Auto de No ha Lugar a favor de Pittaluga Arzeno, conforme al artículo 304 numerales 1, 3 y 5 del Código Procesal Penal (CPP), rechazando la acusación del Ministerio Público, lo que implica prescindir de cualquier tipo de medida de coerción en su contra, “especialmente, por no constituir los hechos invocados en la acusación, respecto de nuestro representado, un tipo penal”.
Además, acoger en todas sus partes el orden de pruebas a descargo, documentales y testimoniales, presentado en los escritos de oferta probatoria de fechas 31 de julio de 2018 y 28 de septiembre de 2018.
Asimismo, ordenar el cese de toda medida de coerción que actualmente pese sobre el imputado, así como el levantamiento de cualquier inmovilización de fondos en contra de este último.
También pidieron al juez rechazar la solicitud de inscripción de hipoteca judicial sobre los inmuebles descritos en la acusación, particularmente sobre el inmueble identificado como número 400423162312, matrícula Número 0100117125, del Condominio Solaris GG-26, ubicado en el Distrito Nacional, en el cual fue construido el edificio GG-26, y están las unidades funcionales 500-A, 600-A, y 700-A, propiedad de Pittaluga Arzeno y su esposa Rebeca Claudina Vicioso de Pi ttaluga, en virtud de contratos de transferencia de inmuebles de fecha 27 de abril de 2017.
Y, librar acta de que el ciudadano Conrado Enrique Pittaluga Arzeno se adhiere a cualquier conclusión o pedimento vertido por cualquier otro de los imputados en la audiencia preliminar, que lo favorezca en sus pretensiones.
Los demás imputados en el caso de los US$92 millones de sobornos pagados por Odebrecht son Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista García, Tommy Galán, Angel Rondón, Roberto Rodríguez y Jesús (Chu) Vásquez.
Acusación Vs. infracciones. Todo eso, después de solicitarle al juez comprobar y declarar que la acusación del MP “no aporta un relato preciso y circunstanciado de las infracciones imputadas a Pittaluga denominadas como “falsedad en escritura pública” (Arts. 145 y 146 del Código Penal), “asociación de malhechores” (Arts. 265 y 266 del Código Penal); que tampoco se refiere a tipos penales mutuamente excluyentes entre sí, contenidos en la Ley 72-02 sobre lavado de activos y en la Ley 448-06 sobre soborno.
En consecuencia, pidió declarar la nulidad del acta de acusación, en atención a los vicios denunciados, y el grave atentado que la misma representa en contra del derecho de defensa del exponente.
Nulidad acusación. Pidió declarar también la nulidad del acta de acusación, en atención a los vicios denunciados, “y el grave atentado” que la misma representa en contra del derecho de defensa del imputado.
Además por resultar violatoria a la lealtad procesal, la objetividad fiscal, al derecho de defensa y a la verdad procesal entre otras, “sorprendiendo la buena fe de este tribunal” al contener una descripción de cargos y relatos de pretendidos hechos “típicos” acusados a Pittaluga Arzeno, pero que han demostrado la no concurrencia de los mismos.
La audiencia. Preliminar del caso Odebrecht continuará el jueves a las 9:00 de la mañana, con el quinto de los siete encartados: el exdirector del Inapa Roberto Rodríguez.
Una pesadilla
Así calificó el abogado Conrado Pittaluga Arzeno su inclusión en el proceso penal por los sobornos de Odebrecht, al asumir su defensa material y justificar una vez más ante el juez la licitud de los US$6.6 millones que recibió del consorcio brasileño por servicios profesionales prestados y validados mediante contrato.
“Yo nunca he tenido ni necesidad moral ni económica de tener que figurar como testaferro de nadie”.
Sostuvo que en su asesoría recomendó que la Autopista del Coral fuera una obra pública y no privada.
Agradecimiento
Manifestó gratitud a los abogados que integran su defensa, por su dedicación y apoyo “en estos momentos tan difíciles”, en especial a su hijo Conrado Pittaluga Vicioso, quien formó parte de la misma; a su esposa, de quien dijo ha sido el motor, y a toda su familia “que han sido los que han sufrido todos los embates de esta pesadilla”.

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