Caso Odebrecht se empantana; dos apelan decisión juez Ortega

Caso Odebrecht  se empantana; dos apelan decisión juez Ortega

La audiencia preliminar del caso Odebrecht tiene cinco meses empantanada en la Suprema Corte de Justicia (SCJ), básicamente por la reiterada objeción hecha por los encartados al juez de la instrucción especial, Francisco Ortega, y otros incidentes en procura de la nulidad de la acusación del Ministerio Público, o de que el proceso sea derivado a un tribunal ordinario.
En esta ocasión, faltando 11 días para la reanudación de la audiencia, fijada por el juez para el 29 de este mes, los imputados Andrés Bautista y Conrado Pittaluga, sometieron sendos recursos de apelación a la resolución dictada por el magistrado Ortega el pasado 9 de octubre.
Mediante esa resolución número 012-2018, el juez Ortega, rechazó las excepciones de incompetencia propuestas por Bautista, Pittaluga, Víctor Díaz Rúa y Jesús (Chu) Vásquez.
En su impugnación, Bautista y Pittaluga afirman que la resolución del magistrado Ortega es “muda” respecto a consideraciones y justificación de la misma
Alega la defensa de Pittaluga, entre otras cosas, que “el juez a-quo no verificó la existencia o inexistencia de indivisibilidad en la causa” respecto del procesado aforado (el senador Tommy Galán), y el exponente como no aforado (Pittaluga).
Afirman que esa es una cuestión de orden público que el juez Ortega debió abordar como cuestión preliminar a cualquiera otra medida o decisión, “aun en ausencia de pedimento alguno”, y con mayor razón ante el planteamiento formal que se le hiciera, y no lo hizo.
Similar planteamiento hace la defensa de Bautista, que afirma que la resolución de marras está viciada por “exceso de poder, omisión de estatuir, motivación insuficiente y genérica, y falta de base legal”.
Indican que el magistrado Ortega justificó su rechazo a las excepciones de incompetencia, básicamente en estos tres aspectos:
Ha sido criterio pacífico y constante de la jurisprudencia penal en torno al arrastre de la jurisdicción privilegiada a los demás co-acusados por efecto de la indivisibilidad de la infracción y la prorrogación de incompetencia;
Que los funcionarios que gozan de fuero privilegiado, como los congresistas, pueden ser perseguidos ante la jurisdicción penal concomitantemente con el proceder de un juicio político, existiendo solamente la excepción de la Presidencia y Vicepresidencia, que previo a la persecución ante la jurisdicción penal, deben haber sido destituidos en un juicio político; y
Que la prorrogación de la competencia fundada en la conexidad, indivisibilidad y comunidad entre un acusado aforado y otros que no lo son tiene como sustento jurídico evitar que la segmentación o separación entorpezca la substanciación de la causa.
La defensa de García le recordó al juez Ortega, que en la audiencia del 11 de octubre de este año, le solicitaron formalmente al tribunal sobreseer la audiencia preliminar hasta tanto se conozca el juicio político en contra del senador Galán, en caso de que el tribunal se declarase incompetente.
“El juez a-quo en ninguna parte de su decisión falló sobre la solicitud de sobreseimiento sino que decidió mezclar la petición con la excepción de incompetencia”, señalaron.
Ambas defensa solicitaron a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, que preside la magistrada Miriam Germán, revocar la resolución de marras; declarar la incompetencia de la jurisdicción privilegiada para conocer del proceso en contra de sus clientes; y ordenar al juez Ortega el desapoderamiento y remisión del expediente a la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional.

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