Castellanos dice Sisalril revocó la circular apelaron siete ARS

Castellanos dice Sisalril revocó la circular apelaron siete    ARS

El superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Pedro Luis Castellanos, aclaró ayer que fue revocada la semana pasada la circular que apelaron siete administradoras de salud, así como también el pasado martes se retiró de la oficina virtual de esa institución el catálogo de medicamentos y procedimientos.

Castellanos dijo que al parecer se trató de una confusión, la cual será aclarada hoy con la publicación por parte de la Sisalril de la circular vigente.

Explicó que el catálogo fue colocado en el sistema virtual con la finalidad de que las ARS usaran los códigos como referencia a la hora de reportar los servicios prestados.

Las Administradoras de Riesgos de Salud ARS Universal, Humano, Palic, Simag, Yunén, Constitución y Monumental apelaron la resolución emitida por el Consejo Nacional de Seguridad Social, con el argumento de que existen diferencias sustanciales entre el catálogo general de cobertura del Plan de Servicios de Salud y las ampliadas en la circular 044605, que entró en vigencia el pasado primero de noviembre de este año.

Entrevistado vía telefónica, Castellanos manifestó que el apelar es un derecho y que por lo tanto lo respeta. Consideró que al parecer se trata de una confusión al pedir al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) lo que respecta a la Sisalril.

Dijo que la circular a la que hacen referencia las ARS había quedado sin efecto y salió otra con las posiciones más claras sobre el tema.

Señaló que la Sisalril ya actuó y el CNSS no tiene materia para decidir sobre esa solicitud de apelación.

Manifestó que la resolución 375-02, aprobada por el Consejo Nacional de Seguridad Social el pasado 29 de octubre y que amplía beneficios de cobertura para los afiliados y para las ARS, es de obligatorio cumplimiento tanto para las ARS como para la Sisalril y todo el sector vinculante.

Castellanos explicó que para evitar situaciones a la hora de autorizar medicamentos y procedimientos a favor de los afiliados, la Sisalril colocó provisionalmente en su sistema virtual todos los códigos y que desde el martes fueron retirados los que no corresponden con la resolución del CNSS.

La resolución 375-02 amplía el catálogo básico de medicamentos ambulatorios que aprobó el Ministerio de Salud Pública y establece que estos se despacharán por el agente o principio activo y no por el nombre comercial, ampliando el cuadro de enfermedades cubiertas.

Con relación al agente o principio activo, las ARS declararon que no aceptan la cobertura de medicamentos con un mismo principio activo, sin importar el nombre y la variedad comercial del fármaco, como establece la resolución del CNSS.

Castellanos dijo que el CNSS tendrá que conocer los argumentos de las ARS, el cual tiene previsto reunirse el jueves próximo.

Dijo que le sorprendió la posición de las ARS porque la resolución del Consejo fue aprobada en consenso.

“Sería una lástima que se pudiera poner en peligro alguna de las partes de la resolución porque perjudicaría a los afiliados. Yo creo que el CNSS puede precisar mejor lo de la resolución, que es un hecho histórico y es una obligación cumplirla”, señaló el Superintendente de Riesgos Laborales.

ZOOM

Resolución del CNSS

Ayer hizo un mes que el CNSS aprobó la resolución 375-02, que incrementa la cobertura de los medicamentos del Plan Básico de Salud de RD$3,000 a RD$8,000 por año y también aumenta la cápita desde RD$835 a RD$914 a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS).

Protección recién nacidos

Además protege a los recién nacidos desde RD$150,000 hasta un millón de pesos durante el primer año, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 87-01 ,que incluyen a los hijos dentro de la familia.

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